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 #946402  por paulinab
 
Colegas les comento inicio una demanda de daños y perj, por transporte benévolo ypo mi cliente era el transportado, la chica que lo llevaba en la moto no tenia carnet, tenia seguro, pero el carnet no se lo habia hecho, y cuando la cia. de seguro me contesta ,me presenta la excepcion que al no tener carnet y no hacer la denuncia a tiempo y forma, el seguro no cubre..... yo tengo que responder y esa es mi duda, cuando hago el escrito manifiesto que es inoponible a mi cliente, porque es la victima, es decir, contesto oponiendome a la excepcion y deciendo q es inoponible a la victima??? tengo dudas de como contestar, si tengo que poner jurisprudencia, quien me oriente gracias. *suerte*
 #946421  por yaninap
 
Es inoponible al tercero! Básicamente es eso que vos decís. Oponete a la excepción y lo tenés a tu favor, el juez se lo tiene q tirar abajo.
 #946443  por yaninap
 
De nada!!! yo hago accidentes lo que necesites enviame un privado, mucha suerte!!!!!!
 #946790  por EJA
 
Si la Aseguradora se lo rechazó en tiempo y forma se te puede complicar.
 #946832  por paulinab
 
Por eso amplie la mediacion al fabricante de la moto, q la moto tuvo una falla.
 #947067  por estudiojuridicobds
 
el conductor no tenia carnet o lo tenia vencido? diferencias importantes, porque si no tenia carnet la aseguradora se va a querer eximir de responsabilidad dado que estamos en presencia de una situación de exclusión de cobertura, dado que el se estaría agravando el riesgo cubierto, por lo tanto si es oponible a la victima ojo con eso.-
 #947180  por yaninap
 
Voy a disentir con el colega preopinante. Primero que nada no tener carnet no es una agravacion del riesgo, sino una mera infracción municipal. Por lo cual si una compañía de seguros, da cobertura a un vehiculo sin antes pedirle a su titular el registro de conducir, y percibe la prima, no puede excluir la cobertura a un tercero damnificado. Si bien esto figuraria como causal de exclusion de cobertura en la ley 17.418, judicialmente siempre se da vuelta ya que por ser, como decia, una mera infraccion municipal, no es oponible al tercero. Por experiencia le digo que es asi. Mientras haya cobertura financiera (que este paga la poliza), la compañía de Seguros siempre termina indemnizando, las causales se las das vuelta.
 #947185  por estudiojuridicobds
 
yaninap escribió:Voy a disentir con el colega preopinante. Primero que nada no tener carnet no es una agravacion del riesgo, sino una mera infracción municipal. Por lo cual si una compañía de seguros, da cobertura a un vehiculo sin antes pedirle a su titular el registro de conducir, y percibe la prima, no puede excluir la cobertura a un tercero damnificado. Si bien esto figuraria como causal de exclusion de cobertura en la ley 17.418, judicialmente siempre se da vuelta ya que por ser, como decia, una mera infraccion municipal, no es oponible al tercero. Por experiencia le digo que es asi. Mientras haya cobertura financiera (que este paga la poliza), la compañía de Seguros siempre termina indemnizando, las causales se las das vuelta.
Te respondo como abogado de una aseguradora, si el conductor no posee carnet, la compañía de seguros no responde, lo hemos logrado en varios procesos judiciales, ojo con eso!!!, de ser así no tendría razón de ser el contrato de seguro, si bien el seguro se establece en como una manda social ello no implica desnaturalizar el contrato de seguro, hasta lo hemos ganado en corte. Saludos
 #947323  por paulinab
 
Gracias por sus opiniones y les cuento!!! *flor*
 #947338  por ulpiano21
 
asegurado sin registro=seguro no paga. Es una carga del tomador, el seguro cubre el riesgo. El seguro carece de legitimación pasiva, y quien la reviste es el conductor del auto -cosa riesgosa-, solamente. Conclusión, estimado: no prospera el reclamo, te lo digo por experiencia. Hay jurisprudencia al respecto.
 #1001390  por luc929
 
Che, y en el caso de que el actor no tenga registro (nunca lo sacó, no es que se encuentra vencido) ¿Prospera el reclamo si el responsable es el demandado? Diga, sacando el supuesto del que hablan que si el demandado no tiene carnet su aseguradora plantea la exclusion de cobertura, que pasa si el actor no lo tiene... me paso en un caso pero con carnet vencido, y al ser una falta administrativa en fomra de
"multa" el juez le redujo un % de la sentencia pero el reclamo prosperó... saludos
 #1015939  por EJA
 
Esto es lo lindo del derecho...

Tanto yanina como estudiojuridico tienen parte de razón.

De igual forma, según mi experiencia, los tribunales tienen mayor tendencia a admitir la falta de licencia de conducir del asegurado como una exclusión de cobertura válida, siempre y cuando haya sido opuesta como tal en tiempo y forma. Ello no quita que haya jueces que hablan de la "mera falta administrativa" o aplican el principio de david y goliat, con el fundamento de que no se puede dejar sin indemnización al damnificado.

Con respecto a la falta de registro en el actor, ello no invalida EN ABSOLUTO el reclamo en sede judicial. Conforme principio dispositivo, si es opuesto como atenuante de la indemnización por el demandado, el juez puede llegar a considerarlo en tal calidad, pero nada más.

Saludos.