Claudia, tené presente si la sucesión tramita en ...
DISPOSICION TECNICO REGISTRAL N° 3/85
Hechos posesorios - No inscripción registral
Rosario, 11 de junio de 1985. ....
2°.- A la renuncia de derechos y acciones hereditarios, o renuncia de herencia, le serán aplicables las normas que esta disposición prevé para la cesión de tales derechos y acciones en cuanto sean compatibles y con la salvedad de las peculiaridades que el Código Civil determina para la renuncia entre coherederos; en este último supuesto, la renuncia hecha en instrumento privado (artículo 3346 del Código Civil) se admitirá siempre que en el mismo documento, o en otro complementario que se presente conjuntamente con aquél, conste la aceptación de los coherederos (artículo 3347, segunda parte, del Código Civil) y además sí tales documentos y la solicitud de inscripción cumplen los requisitos de la ley 6435 para tales instrumentos ...
http://www.escribanos-stafe2da.org.ar/u ... sorios.doc
DISPOSICION TECNICO REGISTRAL N° 3/85
Hechos posesorios - No inscripción registral
Rosario, 11 de junio de 1985. ....
2°.- A la renuncia de derechos y acciones hereditarios, o renuncia de herencia, le serán aplicables las normas que esta disposición prevé para la cesión de tales derechos y acciones en cuanto sean compatibles y con la salvedad de las peculiaridades que el Código Civil determina para la renuncia entre coherederos; en este último supuesto, la renuncia hecha en instrumento privado (artículo 3346 del Código Civil) se admitirá siempre que en el mismo documento, o en otro complementario que se presente conjuntamente con aquél, conste la aceptación de los coherederos (artículo 3347, segunda parte, del Código Civil) y además sí tales documentos y la solicitud de inscripción cumplen los requisitos de la ley 6435 para tales instrumentos ...
http://www.escribanos-stafe2da.org.ar/u ... sorios.doc

