Buenas gente, queria consultarles lo siguiente: tengo un concurso donde llegue a homologar acuerdo hace casi dos años. La propuesta fue standar digamos, pagos semestrales a los acreedores con un plazo de espera de dos años que se cumplirian en unos meses.
Mi pregunta es, si mi cliente esta en condiciones en cancelar los montos en un solo pago (en lugar de hacerlo en cuotas semestrales) puede pagar directamente y acreditarlo en el expediente? o hay que solicitar autorizaciòn del juez previa vista a la sindicatura?
Mi pregunta es, si mi cliente esta en condiciones en cancelar los montos en un solo pago (en lugar de hacerlo en cuotas semestrales) puede pagar directamente y acreditarlo en el expediente? o hay que solicitar autorizaciòn del juez previa vista a la sindicatura?
