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  • ¿Es procedente Revocar poder especial?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #953595  por PIPPO
 
Buenos días estimados colegas me surge una duda: Primero y principal tengo un poder especial para juicio laboral otorgado a mi favor y a favor de otro colega con el que trabajo, la cuestión es que el poder fue firmado en Juzgado de Paz, y me informa mi colega que hoy revocaron el poder, pero lo revocaron solamente a el ya que a mi no me individualizaron ni me enviaron ninguna comunicación.- Aquí viene el Quit de la cuestión, ¿ES POSIBLE REVOCAR UNA CARTA PODER PARA JUICIO LABORAL MEDIANTE CARTA DOCUMENTO? ya que según tengo entendido el poder debe revocarse mediante escritura hecha ante escribano publico, y es el escribano quien tiene que presentarse en el domicilio del abogado al cual pretende revocar el poder y comunicar dicha situación. Por ello es que estimo que un poder revocado por carta documento no surte ningún efecto ya que no cumple con los requisitos.-
AGRADECERÍA SI ALGUIEN ME SACA LA DUDA. SALUDOS!
 #953756  por PIPPO
 
Y que pasa con el Art. 53 inc. 1 si alguien es de misiones que me explique por favor puesto que el codigo comentado por Julio Cesar Russo explica en su nota comentada que debe ser por escribano :S
 #956319  por Payasito
 
1) El 53 inc. 1º, se refiere a que si una parte confiere poder a otro, no implica la revocación del anterior, y este subsiste hasta tanto sea revocado y ésta revocación sea acreditada en el expte. Asi ojo! Si te notificaron de la revocación, para no caer en ninguna causa de responsabilidad profesional, deberías acompañar la carta documento por la que te revocaron el mandato.
2) Si la revocación esta dirigida solo contra uno de los apoderados, siendo varios, las demás quedan vigente.

Saludos.