Colegas tengo un interrogante y quiero saber si estoy en lo cierto: es un daños y perjuicios que tramita en provincia, son dos demandados (un matrimonio, viven juntos) el oficial paso el 24/4 para notificar al hombre demandado, atiende la mujer y dice que por motivos personales no se encuentra, pero que ellos alli es que se domicilian, por lo que pasa al otro dia el oficial 25/4 y la mujer recibe las cedulas, se da fecha de salida el 26/4 que paso a oficina de mandamientos y notificaciones. Mi pregunta es a partir del 26/4 es cuando comienzan a correr los 15 dias del 337 del CPCC verdad? Si es asi, el viernes 17/5 vence en las 4 primeras, no?
Gracias!!!
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