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  • Beneficio de LSG, ¿oficios quien los presenta?

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 #958024  por abogacia2012
 
Buenas noches colegas, son recién iniciada en esta profesión. Necesito de vuestra ayuda.
Se hace una renuncia de patrocinio y en la demanda del beneficio de litigar sin gastos el abogado que renunció, no ofreció otra prueba que no sea la de testigos. En la contestación de la demanda el demandado dice que la prueba es insuficiente y que pide saber si el actor tiene tarjetas de créditos, bienes etc, etc. La pregunta es: ¿quién es el que tiene que diligenciar esos oficios? ¿yo?, o ¿el demandado que contesta que la prueba es insuficiente y quiere más información?. Muchas gracias. Saludos. :roll:
 #958032  por andresxeneizes
 
la otra parte que los ofrecio, tene en cuenta que el beneficio es un expedietne sui generis en relacion a la prueba, por ende si no los ofrece en un plazo razonable pedi que intimen a presentarlos, porque sino a los 3 meses te va a pedir la caducidad
 #958858  por andresxeneizes
 
por no mover el expte por eso es la caducidad,

es como si en el ppal tenes prueba de la otra parte y no la hace, pasan 6 meses y te meten la caducidad, y para evitarlo le pedis la negligencia.

en el beneficio o podes intimarlo o cuando pase un plazo razonable podes pedir que den el traslado del art 81 del c proc (que es para tipo un alegato)
 #959396  por andresxeneizes
 
yo entiendo lo mismo que no habria caducidad de la prueba,
por eso cuando la otra parte pide prueba y veo que hubo un principio de intentar producirla pido que la intimen a realizarla bajo apercibimiento de tenerla por desistida esto ya que no hay caducidad, sino pediria la caducidad de una no que los intimen a producir la prueba.
asi tambien cuando veo que la otra parte ni se inmuto en hacer su prueba, pido directamente que den el traslado del 81