Hola Colegas!!
Necesito por favor de su ayuda y me orienten de cómo seguir en un juicio de expensas que estoy tramitando.
Les cuento: hay juicio con sentencia firme (período desde octubre de 2010 a mayo de 2012).
Desde octubre de 2012 la demandada deposita en la cuenta del consorcio el pago de expensas, pero el administrador no extendió el recibo, y ahora los está reclamando, sólo debe tener constancia del pago a traves de los depósitos hechos en la cuenta.
Como en el CC hay presunción de que si el deudor tiene el ultimo recibo se presupone que canceló la deuda anterior, mis inquietudes son las siguientes:
* Cómo es el tema del pago de expensas posteriores cuando ya hay juicio?
* Cada nuevo período de expensa es independiente y el demandado tiene derecho a pagar?
* El consorcio tiene la obligación de aceptar el pago y extender recibo?
* El consorcio se puede negar al pago ya que hay un juicio en trámite?
* El consorcio puede seguir haciendole acumular deuda al demandado?
* La entrega de los recibos por pago de expensas por el período de octubre de 2012 a la fecha, hace presumir el pago de la deuda del juicio?
* La extensión del recibo perjudica en algo al expte y a los trámites de subasta?
* Puedo pedir ampliación de sentencia incluso por los períodos que aparecen depositados o eso le genera responsabilidad al administrador?
* Los tickes del banco sirven como recibo y prueba de pago para oponer excepciones?
Perdón por tantas preguntas, y gracias al que pueda responder
Saludos a todos!
Necesito por favor de su ayuda y me orienten de cómo seguir en un juicio de expensas que estoy tramitando.
Les cuento: hay juicio con sentencia firme (período desde octubre de 2010 a mayo de 2012).
Desde octubre de 2012 la demandada deposita en la cuenta del consorcio el pago de expensas, pero el administrador no extendió el recibo, y ahora los está reclamando, sólo debe tener constancia del pago a traves de los depósitos hechos en la cuenta.
Como en el CC hay presunción de que si el deudor tiene el ultimo recibo se presupone que canceló la deuda anterior, mis inquietudes son las siguientes:
* Cómo es el tema del pago de expensas posteriores cuando ya hay juicio?
* Cada nuevo período de expensa es independiente y el demandado tiene derecho a pagar?
* El consorcio tiene la obligación de aceptar el pago y extender recibo?
* El consorcio se puede negar al pago ya que hay un juicio en trámite?
* El consorcio puede seguir haciendole acumular deuda al demandado?
* La entrega de los recibos por pago de expensas por el período de octubre de 2012 a la fecha, hace presumir el pago de la deuda del juicio?
* La extensión del recibo perjudica en algo al expte y a los trámites de subasta?
* Puedo pedir ampliación de sentencia incluso por los períodos que aparecen depositados o eso le genera responsabilidad al administrador?
* Los tickes del banco sirven como recibo y prueba de pago para oponer excepciones?
Perdón por tantas preguntas, y gracias al que pueda responder
Saludos a todos!
