Colegas tengo una duda ds. y Ps. en provincia, en la sentencia se establece que se debe aplicar la tasa que abona el Bco. Pcia. en sus operaciones a treinta dias en los distintos peridodos, mi pregunta es , tasa activa o pasiva?
No coincido, la tasa que ABONA el banco es la pasiva, en cambio la que COBRA es la activa....
Ademas de ello, la tasa pasiva es la que se aplica en ds y ps en pcia segun doctrina de la corte
Soy toro en mi rodeo.... y torazo en rodeo ajeno!!!!