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  • Ahora como sigo? soy novata.

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 #964151  por sofia2009
 
* Juicio de desalojo por vencimiento de contrato en Pcia de Bs As (soy la abogada de la actora).
* El demandado contesta demanda oponiendo como defensa de fondo excepcion por falta de legitimacion pasiva.
* Contesté la excepcion y el traslado de la documental.
* El juzgado dictó el siguiente proveído:

"A los ptos. I / IV: Dése por contestado en tiempo y forma los traslados conferidos a fs. 164 3º y 4º parr..-
Al pto. V y VI: Téngase presente la oposición formulada para el momento de proveérse las pruebas.-
Al pto. VII: Téngase presente la prueba ofrecida en los términos previstos por los arts. 333 y 484 3º parr. del CPCC.-
Al pto. VIII: Conforme con lo solicitado, lo que resulta de la documentación de fs. 28/29 e informando la Actuaria en este acto encontrarse vencido el término acordado a subinquilinos y ocupantes para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, dásele por perdido el derecho que para hacerlo tenía.-
De conformidad con lo establecido por el art 41 del CPCC, tiénese al mencionado ut supra por constituído su domicilio en los Estrados del Juzgado.-
Al pto. IX: Téngase presente para considerar oportunamente.-aj".

Ahora bien, yo creía que el juez iba a dictar una sentencia interlocutoria (y no fue así).
Ahora cómo sigo? que solicito?
En lo posible no quiero que se abra a prueba porque el chanta del demandado lo único que persigue es dilatar el proceso, esgrimiendo que el locador a la finalizacion del contrato de locación le vendió la propiedad en 360 cuotas (obviamente todo mentira, no presentó ninguna documentación que lo avale). Ofrece testigos (obviamente todos truchos) y ofrece perito ingeniero para demostrar los trabajos que le hizo a la propiedad (nada especial, lo mismo que hace cualquier inquilino en un inmueble alquilado). Yo me opuse a la producción de ambas pruebas.
Cuando contesté la excepción, solicité además se declare la cuestion de puro derecho porque el locatario reconocio la existencia del contrato de locacion, y no acompañó instrumento alguno que acredite la renovación o prórroga de éste.
Otra cosa, entiendo que para subinquilinos y ocupantes no tengo que hacer cedulas ¿no?

GRACIAS *abrazo*
 #964155  por mayragiselav
 
Segun entiendo, los tuvieron por no presentados a los demandados... pedi que se declare la causa como de puero derecho y solicita pasen los autos a sentencia... saludos y espero te sirva!!!!
 #964160  por sofia2009
 
Sí, sí, en el proveído anterior donde me corren traslado de la contestacion de la demanda lo tienen por presentado al demandado
 #964162  por mayragiselav
 
Yo entiendo que no tenes otra alternativa que pedir que se abra la causa a prueba y producir toda la prueba rapido y en cuento cese el periodo pedir se declare la negligencia de la otra parte si es que no produjo prueba y luego solicitar pasen los autos a sentencia... saludos y suerte!
 #964184  por gusgus
 
deberías aclarar si quien interpone excepción es locatario o no....
y cuales son los fundamentos de la excepcion
 #964227  por sofia2009
 
El que interpuso la excepcion es locatario y su fundamento es que al vencimiento del contrato de locación (año 2009) le "compró" la propiedad al locador, por lo tanto ahora es dueño, en consecuencia, no procedería el juicio de desalojo (todo bolazo del demandado, no aportó ninguna prueba documental que acredite tales dichos).
Aclaro nuevamente, ya contesté y me opuse a esa excepción, luego salió el proveido que detallé mas arriba. Mi duda es como sigo?
 #964402  por sofia2009
 
ABOGADO1999 VAYASE A LA PUTA MADRE QUE LO REMILPARIO FRACASADO, IMPOTENTE, CORNUDO, EYACULADOR PRECOZ E INFELIZ DE MIERDA. :evil: :evil: :evil: :evil: :evil: :evil:

PD: SI NUESTRO PAPA FRANCISCO SUPIERA QUE UN BOLUDO COMO UD. USA SU IMAGEN LE DARIA MUCHISIMA VERGUENZA PORQUE DE BUEN CRISTIANO NO TIENE NADA, AL CONTRARIO UD. ES UN POBRE INFELIZ RESENTIDO DE LA VIDA!!! MISERICORDIA HERMANO. AMEN.
 #964429  por JIMMY
 
EL MIEMBRO ANTIGUO LES DA CON TODO JUJU MUY BUENO
SE VE QUE NO ESTA LOGRANDO PAZ INTERIOR
O NO LLEGA A FIN DE MES
ESO LO TIENE LOCO Y LO PONE UN POCO AGRESIVO
LO IDEAL SERIA TIRARLE ALGUNOS CASO Y ASI EL PODRA ESTAR MAS TRANQUILO Y OPINARIA MAS SUAVSITO Y COLABORARIA CON OTROS MIEMBROS NO TAN ANTIGUOS
SOBRE EL CASO PUNTUAL DE LOS ALQUILERES ..LO IDEAL SERIA IR DE NOCHE ROMPER EL CANDADITO Y LISTO ,,,,
 #964624  por sofia2009
 
1.- La rebeldía declarada para los subinquilinos y ocupantes en el proveído detallado mas arriba, tengo que notificarla por cédula por mas que en el mismo no figure la palabra "notifiquese", no?

2.- Para que el juez declare la cuestion de puro derecho o abra la causa a prueba sí o sí tienen que estar notificados los subinquilinos y ocupantes de la rebeldia, no?

Gracias a todos por colaborar. *abrazo*