Estimados:
Tengo un caso de ofrecimiento de cuota alimentaria hecho por el alimentante (mi cliente). En el divorcio hace varios años atrás, hicieron acuerdo sobre alimentos para el hijo menor ($300) y después de varios años y antes de que la ex esposa inicie un aumento, iniciamos un ofrecimiento por $400 (sí, lo sé, mi cliente es una rata feroz).
El caso es que en el divorcio nunca se abrió una cuenta para que mi cliente deposite, incialmente él le llevaba el dinero, hasta que ella no se lo quiso recibir y después ella lo buscaba en mi estudio. En el ofrecimiento de cuota sentenciaron por $700 (porque él tiene un auto a su nombre) y se ordenó la apertura de cuenta. Ya me notificaron de la resolución, pero he aquí mi duda:
La alimentada no abrió aún la cuenta para efectuar los depósitos conforme lo ordenado en la sentencia (haciendo el oficio que indique la apertura de cuenta y el pago a ella de las sumas por XXXXXX años). Mi cliente dice que no puede pagar $700, que le va a seguir pagando $300 (dicho sea de paso, apelé la sentencia). Entonces la mina no quiere venir a buscar esa plata porque dice que él le tiene que pasar $700.
¿No debería abrir ella primero la cuenta, así mi cliente cumple con la sentencia? No lo hago yo porque es ella quien tiene que tener en su poder el oficio para ir a cobrar todos los meses.
Ya van dos meses que pasaron y ella no recibe la cuota. ¿Denuncio eso al expte?
No sé qué hacer, agradeceré su orientación. Saludos y perdón por extenderme tanto!!
Tengo un caso de ofrecimiento de cuota alimentaria hecho por el alimentante (mi cliente). En el divorcio hace varios años atrás, hicieron acuerdo sobre alimentos para el hijo menor ($300) y después de varios años y antes de que la ex esposa inicie un aumento, iniciamos un ofrecimiento por $400 (sí, lo sé, mi cliente es una rata feroz).
El caso es que en el divorcio nunca se abrió una cuenta para que mi cliente deposite, incialmente él le llevaba el dinero, hasta que ella no se lo quiso recibir y después ella lo buscaba en mi estudio. En el ofrecimiento de cuota sentenciaron por $700 (porque él tiene un auto a su nombre) y se ordenó la apertura de cuenta. Ya me notificaron de la resolución, pero he aquí mi duda:
La alimentada no abrió aún la cuenta para efectuar los depósitos conforme lo ordenado en la sentencia (haciendo el oficio que indique la apertura de cuenta y el pago a ella de las sumas por XXXXXX años). Mi cliente dice que no puede pagar $700, que le va a seguir pagando $300 (dicho sea de paso, apelé la sentencia). Entonces la mina no quiere venir a buscar esa plata porque dice que él le tiene que pasar $700.
¿No debería abrir ella primero la cuenta, así mi cliente cumple con la sentencia? No lo hago yo porque es ella quien tiene que tener en su poder el oficio para ir a cobrar todos los meses.
Ya van dos meses que pasaron y ella no recibe la cuota. ¿Denuncio eso al expte?
No sé qué hacer, agradeceré su orientación. Saludos y perdón por extenderme tanto!!
Desde la tierra del oro verde...