Buenas... les hago una consulta, promoví incidente de nulidad de la notificación de la demanda, el juzgado formó un expediente por el incidente y ordena el traslado a la otra parte... la duda es a que domicilio notifico? Al real o al constituido en el principal por el actor? Si alguien puede traer luz a esta oscuridad se los agradecería... El Código Procesal solo dice que tengo que notificar a la otra parte (y que debo impulsarlo dentro de los tres días de ordenado) Muchas gracias!!!
tené present que ...
“… Debe señalarse también que el domicilio legal constituido en el juicio principal tiene pleno efecto en los incidentes vinculados a éste [argto. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Depto. Judicial Mar del Plata Sala II in re “L.B., J.C.”, sent. del 12-02-1991] admitiéndose, inclusive, la notificación en dicho domicilio del traslado que correspondiera correr respecto del escrito de promoción del incidente [argto. doct. Primera Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Depto. Judicial La Plata Sala III in re “Cooperativa Agropecuaria de Granja y Consumo de Lobos”, sent. del 27-08-1992]…
http://www.scba.gov.ar/falloscompl/Info ... 1/2979.doc


