Estimados/as colegas:
Soy el abogado patrocinante del denunciante en un juicio de insania que tramita en la justicia nacional (CABA).
Hace unos días, el expediente se abrió a prueba. Se ordena la notificación personal al presunto insano y la notificación por despacho al asesor.
Mi pregunta es la siguiente: siendo abogado patrocinante del denunciante, ¿se me debe notificar por cédula de la apertura a prueba?
Gracias,
Dr. EAS.
Soy el abogado patrocinante del denunciante en un juicio de insania que tramita en la justicia nacional (CABA).
Hace unos días, el expediente se abrió a prueba. Se ordena la notificación personal al presunto insano y la notificación por despacho al asesor.
Mi pregunta es la siguiente: siendo abogado patrocinante del denunciante, ¿se me debe notificar por cédula de la apertura a prueba?
Gracias,
Dr. EAS.
Ignorantia facti, non iuris excusatur