Buenas tardes foristas!
Les hago una consulta, ya que estuve leyendo entre los post y no se bien cómo abordar el tema.
Me han consultado por un fondo de comercio que poseían 2 socios. Uno de ellos fallece y le comunica a la cónyuge supérstite que tiene intenciones de vender el "negocio" porque ya no desea continuar con su explotación (mucho menos la esposa del socio fallecido, pues no sabe nada sobre el rubro y ella posee un empleo).
Ahora bien:
a) Si venden a un tercero, ¿conviene dar de baja al socio fallecido y que ingrese la esposa como socia, para evitar que el fondo de comercio ingrese a la sucesión y tengan que firmar los herederos?
b) Para efectuar "transferencia de fondo de comercio" deben firmar ambos socios, no es así? y al estar uno fallecido habría que tener la declaratorio para que puedan "vender" los herederos... estoy equivocada?
Qué me sugieren?
Les hago una consulta, ya que estuve leyendo entre los post y no se bien cómo abordar el tema.
Me han consultado por un fondo de comercio que poseían 2 socios. Uno de ellos fallece y le comunica a la cónyuge supérstite que tiene intenciones de vender el "negocio" porque ya no desea continuar con su explotación (mucho menos la esposa del socio fallecido, pues no sabe nada sobre el rubro y ella posee un empleo).
Ahora bien:
a) Si venden a un tercero, ¿conviene dar de baja al socio fallecido y que ingrese la esposa como socia, para evitar que el fondo de comercio ingrese a la sucesión y tengan que firmar los herederos?
b) Para efectuar "transferencia de fondo de comercio" deben firmar ambos socios, no es así? y al estar uno fallecido habría que tener la declaratorio para que puedan "vender" los herederos... estoy equivocada?
Qué me sugieren?
