Hola quisiera saber que experiencia o jurisprudencia tienen en demandas contra la empresa nacion seguros s.a. toda vez que he visto fallos, discordantes al respecto.
Necesito interponer una demanda contra dicha aseguradora por incumplimiento contractual, y estaba viendo el estado de la jurisprudencia al respecto.
CASO: El contrato se celebró en una ciudad del interior del país, en una agencia oficial por ende puedo tomar como domicilio de la aseguradora dicha oficina (por aplicacion del art. 90 inc. 4 del cod civ.).
Si bien el contrato de seguro establece que las demandas se interpondrán ante los tribunales del domicilio del asegurado, del lugar del hecho de la casa central del seguro o de la sede que emitió la poliza, considero que dicha clausula no es oponible a mi cliente toda vez, se trata de un contrato de adhesión que limita las facultades jurisdiccionales del asegurado, y por ende sería abusiva por aplicación del art. 37 de la ley de defensa del consumidor, al no ser la jurisdiccion más conveniente a criterio de mi cliente.
A su vez la empresa de seguros suele plantear, en algunas demandas, que el banco nacion es el socio mayoritario de dicha empresa y por ende rige el fuero federal; cuestión que no comparto toda vez que ello violaría el art. 37 antes menciondo y el art 3 de la ley del consumidor (en caso de duda se aplicará lo que resulte mas benefioso al consumidor).
El consumidor en éste caso elige una juridiccion cercana a su domicilio real por considerarla mas conveniente ya que allí se realizó el contrato (y está el domicilio de la agencia), y además en ése lugar se encuentra emplazado nuestro estudio.
Si tienen experiencia en una caso similar se los agradecería.
Slds
Necesito interponer una demanda contra dicha aseguradora por incumplimiento contractual, y estaba viendo el estado de la jurisprudencia al respecto.
CASO: El contrato se celebró en una ciudad del interior del país, en una agencia oficial por ende puedo tomar como domicilio de la aseguradora dicha oficina (por aplicacion del art. 90 inc. 4 del cod civ.).
Si bien el contrato de seguro establece que las demandas se interpondrán ante los tribunales del domicilio del asegurado, del lugar del hecho de la casa central del seguro o de la sede que emitió la poliza, considero que dicha clausula no es oponible a mi cliente toda vez, se trata de un contrato de adhesión que limita las facultades jurisdiccionales del asegurado, y por ende sería abusiva por aplicación del art. 37 de la ley de defensa del consumidor, al no ser la jurisdiccion más conveniente a criterio de mi cliente.
A su vez la empresa de seguros suele plantear, en algunas demandas, que el banco nacion es el socio mayoritario de dicha empresa y por ende rige el fuero federal; cuestión que no comparto toda vez que ello violaría el art. 37 antes menciondo y el art 3 de la ley del consumidor (en caso de duda se aplicará lo que resulte mas benefioso al consumidor).
El consumidor en éste caso elige una juridiccion cercana a su domicilio real por considerarla mas conveniente ya que allí se realizó el contrato (y está el domicilio de la agencia), y además en ése lugar se encuentra emplazado nuestro estudio.
Si tienen experiencia en una caso similar se los agradecería.
Slds
