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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #969043  por MAPA
 
Estimados foristas: ante nada, espero tengan todos (y todas....jajaj??) un buen feriado.Les cuento a ver que les parece. Tengo una pensionada que quiere jubilarse. Con la 24476 y la posibilidad de pagarla de contado y el exceso llego perfecto. Me da el okey la cliente. Arranco y veo que no tiene inscripción de autónomo alguna en el padrón histórico de autónomos de Anses pero en el SISTEMA REGISTRAL de Afip me figura una inscripción como monotributista en MAYO 2011 con un solo pago en JUNIO 2011 y una BAJA DEFINITIVA POR NO REEMPADRONARSE en JUNIO2004 (Se acuerdan de esa resolución que imponía el reempadronamiento de monotributistas y responsables no inscriptos a través de la RG 1695?). En el PUC, nada. En SITUACIÓN DE REVISTA, nada. La duda que se me generó es si podría haber deuda exigible desde la inscripción hasta la baja pero pienso que estaría automáticamente prescripta en base a lo prescripto por la Ley 11683 inc.a) cuando alude a los cinco años de los contribuyentes inscriptos. Digo...porque por ahí parece un caso muy sencillo pero no quiero terminar en la Carss, máxime cuando tengo que hacer pagar a esta cliente todo el valor de una moratoria que supera los $10.000,00. Me explico?. Me preocupa por la Resolución 555/10 y porque si bien el Puc y la Sit.de Rev.coincidirían...salvo en cuanto a la moratoria Ley 24476 pero ahí no hay problemas hasta 09/93... si el iniciador empieza a investigar y advierte que en pagos sale el unico pago que hizo esta cliente en junio de 2011 y me manda a la Afip me matooooooo. Gracias a todos!!!.-
Mapa (Rosario) *leo*
 #969052  por MARIO1943
 
MAPA escribió:Estimados foristas: ante nada, espero tengan todos (y todas....jajaj??) un buen feriado.Les cuento a ver que les parece. Tengo una pensionada que quiere jubilarse. Con la 24476 y la posibilidad de pagarla de contado y el exceso llego perfecto. Me da el okey la cliente. Arranco y veo que no tiene inscripción de autónomo alguna en el padrón histórico de autónomos de Anses pero en el SISTEMA REGISTRAL de Afip me figura una inscripción como monotributista en MAYO 2011 con un solo pago en JUNIO 2011 y una BAJA DEFINITIVA POR NO REEMPADRONARSE en JUNIO2004 (Se acuerdan de esa resolución que imponía el reempadronamiento de monotributistas y responsables no inscriptos a través de la RG 1695?). En el PUC, nada. En SITUACIÓN DE REVISTA, nada. La duda que se me generó es si podría haber deuda exigible desde la inscripción hasta la baja pero pienso que estaría automáticamente prescripta en base a lo prescripto por la Ley 11683 inc.a) cuando alude a los cinco años de los contribuyentes inscriptos. Digo...porque por ahí parece un caso muy sencillo pero no quiero terminar en la Carss, máxime cuando tengo que hacer pagar a esta cliente todo el valor de una moratoria que supera los $10.000,00. Me explico?. Me preocupa por la Resolución 555/10 y porque si bien el Puc y la Sit.de Rev.coincidirían...salvo en cuanto a la moratoria Ley 24476 pero ahí no hay problemas hasta 09/93... si el iniciador empieza a investigar y advierte que en pagos sale el unico pago que hizo esta cliente en junio de 2011 y me manda a la Afip me matooooooo. Gracias a todos!!!.-
Mapa (Rosario) *leo*
ESTO ESTA MUY CONFUSO
POR UN LADO DECIS QUE FIGURA INSCRIPCION EN MAYO 2011 , POR OTRA LADO DECIS QUE TIENE BAJA DE OFICIO EN EL 2004, SI TIENE BAJA EN EL 2004 TIENE
QUE HABER UN ALTA ANTES DEL 2004
ESTAMOS HABLANDO DE PERIODOS NO PRESCRIPTO, POR LO TANTO CORRESPONDE APLICAR LA RES. 3620 , QUE ESTOS PERIODOS SON COMPETENCIA D E AFIP, POR LO TANTO LO TENES QUE HACER EN AFIP CON LOS COMPROBANTES Y PRUEBAS DE LA ACTIVIDAD
POR OTRO LADO LA CARSS A PARTIR DE JUNIO EMPEZO A DENEGAR LAS PENSIONES SIN INSCRIPCION
 #969145  por MAPA
 
CIERTO MARIO1943...ES CONFUSO PORQUE ME CONFUNDI!!! PERDON...PERDON...ERROR DE TIPEO: INSCRIPCION EN MAYO 2001, UN SOLO PAGO EN JUNIO 2001(NO PAGO MÁS QUE ESO) Y LE DIERON LA BAJA RETROACTIVA EN JUNIO 2004 POR NO REEMPADRONARSE EN EL MARCO DE LA RG1695. LA SEÑORA ES PENSIONADA Y QUIERE JUBILARSE PAGANDO LA MORATORIA DE CONTADO. EL UNICO CONFLICTO QUE SE ME PRESENTA ES SI ESA DEUDA GENERADA ENTRE LA INSCRIPCION Y LA BAJA PRESCRIBIÓ.-
GRACIAS.-
MAPA
 #973655  por MAPA
 
Hola. De nuevo. Les cuento por si les sirve. La inscripción que me figuraba como monotributista era con el código 20, que sería lo que es hoy el componente tributario..le pregunté a la cliente y me trajo la inscripción en monotributo activo con un solo mes de pago. Pero, Afip no contempló esta situación porque de hacerlo debió haber figurado Monotributo (20) y Monotributo Autónomo (21) y sólo figura Monotributo (20). He andado peregrinando por Anses y Afip y les cuento por si les ha ocurrido.-
En Anses me dijeron que respete en situación de revista la pestaña datos personales porque aparentemente no investigan la situación de revista de Afip (inscripción en monotributo código 20, un solo pago y baja por falta de reempadronamiento). Es decir......HAGO COMO QUE NO EXISTIERA EL SISTEMA REGISTRAL, no blanqueo la situación del sistema registral ni mucho menos la situación real y lo más emocionante: puedo hacer la liquidación Ley 24.476 y meter todos los años de ddjj que necesite con el cese al 93 y no al 2004 y aquí no ha pasado nada jajajaj!!!!. Han tenido alguna experiencia similiar?.-
Ya les contaré como termina este cuentito!!!.-
Buena feria para todos y gracias siempre a todos!!!!.-
Mapa
 #974223  por diegomdp
 
es algo tan sencillo como ver si figura un pago en el sipa o en el listado de pagos del sicam, y ver que figura en datos personales del sicam y por ende en situacion de revista del mismo en base a eso decidiria el camino a seguir
 #974371  por MAPA
 
diegomdp escribió:es algo tan sencillo como ver si figura un pago en el sipa o en el listado de pagos del sicam, y ver que figura en datos personales del sicam y por ende en situacion de revista del mismo en base a eso decidiria el camino a seguir
Si, efectivamente lo voy a resolver en base a los datos que visualizo en "datos personales". He chequeado algunos tópicos en este foro de derecho previsional en el que un colega (ariel1986, si no me equivoco) varias veces sugirió esta solución. Iré por ese camino a ver qué pasa. Te agradezco la participación y el tiempo diegomdp!!! Ya tomo la decisión y meto el plan!!!! Gracias miles!!!!!!!!!!!!!!!.-
Mapa (Rosario)