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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #975045  por jbaroff
 
Buenas a todos:

Tengo el siguiente problema, señor de 62 años fallece en el año 2010.

La conviviente no realiza ningun tramite hasta el dia de hoy.

Las unicas pruebas de que disponemos son: hijos en comun (hoy tienen 35 años) y una extension de tarjeta de credito.

Hay servicios que estaban a nombre del causante a la fecha del deceso, y el departamento en el que viven es de propiedad de la mujer.

El problema es que el servicio a nombre del causante, telefonica, no da ningun tipo de documentacion que tenga mas de un mes de anterioridad, lo mismo movistar, que era la empresa de telefonia celular del causante, con domicilio en el lugar de convivencia.

Alguna idea de que se puede hacer para tener las pruebas de telefonica y movistar?

Gracias
 #975053  por mintaka108
 
Hola, si los servicios son de antigua data, sirven. Los domicilios en los DNI son los mismos? también sirve. Respecto a las facturas de telefonía, no tiene la Sra. resúmenes viejos pagados? Me parece que te estás preocupando más de la cuenta, no necesariamente tiene que ser el teléfono lo que figure a nombre de él. Saludos
 #975054  por mintaka108
 
PD: Cuanta antiguedad tiene la extensión de la tarjeta de crédito? A excepción de que haya pasado las facturas a nombre de él hace muy poco tiempo, todo sirve.
 #975058  por jbaroff
 
mintaka108 escribió:Hola, si los servicios son de antigua data, sirven. Los domicilios en los DNI son los mismos? también sirve. Respecto a las facturas de telefonía, no tiene la Sra. resúmenes viejos pagados? Me parece que te estás preocupando más de la cuenta, no necesariamente tiene que ser el teléfono lo que figure a nombre de él. Saludos
Los servicios son de antigua data, el problema es que no tiene comprobantes, y en anses le piden cualquier factura de algun servicio, no importa cual, pero de fecha en que el causante estaba vivo.

El unico servicio que figuraba a nombre del causante era el telefono. El domicilio en los documentos coincide, esto ya quedo verificado en anses, pero piden ademas dos comprobantes, de cualquier servicio, o un comprobante de un servicio y uno de una entidad bancaria.

Fui a telefonica y me dicen que ellos no dan copia de facturas ya pagadas, y no tengo otro servicio a nombre del causante al que pueda recurrir, ya que el gas y la luz estaban a nombre de la mujer...

La direccion en el dni es la misma, pero piden ademas estos requisitos, mas la declaracion de dos testigos en anses, con lo que no habria inconveniente. El problema esta en este pedido de algun servicio.
 #975204  por Roxana_R
 
Hola jbaroff, antes q nada, te sugiero siempre tengas a mano la circular 45/05, y mejor, la lleves siempre a las distintas udais xq suelen ser más papistas q el Papa y exigirte más de lo q ahí dice. Cotejado esto, y si no te queda otra prueba a presentar más q la q decís, te cuento lo q hice yo. Preparé un escrito (q a continuación transcribo) y lo llevé personalmente a la oficina comercial central de Telefónica, te responden mandándote una carta a la dirección q expresamente le tenés q aclarar q te llegue y para más seguridad decile en mayúscula y negrita la información exacta q necesitás.

TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.
Corrientes 707 (C1043AAH)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Abril de 2013
A quien corresponda
S_______/_______D:
xxxxxxxxxxxx, DNI xxxxxxxxxxxxxx, conjuntamente con el patrocinio letrado de la Dra. xxxxxxxxxxxx T° xx F° xxx xxxxx, me dirijo a usted en calidad de cliente de su empresa, para solicitar informe por escrito desde qué fecha fui titular de la línea xxxxxxxxxxxxx y el domicilio declarado en dicha oportunidad, a continuación especifico los datos de la cuenta: Número xxxxxxxx, Cliente xxxxxxxx, Identificación xxxxxxxx; todo esto a los fines de ser presentado ante la Administración Nacional de la Seguridad Social Udai Flores, con motivo del inicio del trámite de pensión por fallecimiento que me corresponde, y siendo requeridos los datos solicitados en la presente para ser presentados en el expediente administrativo próximo a iniciar por esta parte.
Por lo expuesto arriba es que solicito tenga a bien proporcionar a la brevedad y por escrito una CONSTANCIA firmada y sellada, con los datos solicitados.
Mi derecho a obtener el informe ut supra pedido se encuentra amparado por la ley N° 25.326 Ley de Protección de Datos Personales, Decreto reglamentario N° 995, por la Constitución Nacional, artículo 43, 3° párrafo, y diversos Instrumentos y Tratados Internacionales de Derechos Humanos (artículo 75, inciso 22 C.N.), que establecen el derecho que tiene toda persona de solicitar ante cualquier registro, sea público o privado, donde estén incluidos estos datos, tomar conocimiento de la exactitud de ellos (sean personales O FAMILIARES) e incluso el derecho de requerir la rectificación, la supresión de datos inexactos o que impliquen discriminación, a pedido del interesado.
A la espera de una pronta respuesta y agradeciendo su especial colaboración, saludamos a Usted muy atentamente,
(y al pie firman abogado y cliente)

Para fundamentarlo lo hice como si fuera un habeas data jajaja! pero bueno, era obvio q ellos no me iban a decir "ocurra por la vía q corresponda", ni cotejar las leyes, les es más fácil responder y así lo hicieron. Adaptalo xq vos no lo vas a pedir como q tu cliente es titular de la línea, pero es importante q vayas y expliques la situación a Telefónica, xq si va tu cliente lo más probable es q le digan cualquier cosa, hasta q ellos no pueden proporcionar esa información pero sí lo tienen q hacer, besos y éxitos!
 #975205  por Roxana_R
 
Claro q antes q todo esto intentá conseguir guías de teléfonos de esos años, pero como esto puede resultar complicado puesto q nadie las guarda, sugiero q te acerques a Telefónica con el escrito y una copia. :)
 #975270  por sutriz
 
Buen dia
Atenete a la letra de la circ 45/05,(a la prueba que tenés (punto 1.2.5.5), considerá también, los DNI si tenían el mismo domicilio,la partida de defunción, que si coincide el domicilio del causante allí declarado con el que figure en documento de la concubina , es prueba de convivencia( punto 1.2.5.3 de la circ 45/05). Ademàs puede hacer una información sumaria judicial de convivencia (punto 1.2.5.1) )
En el portal hay un topic :DOCUMENTACIÓN PARA PENSIÓN sep. de 2009 donde encontrás la circular .
Espero te aude . Saludos