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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #975890  por PILAR28
 
Estimados foristas. les comento mi primer caso en vigencia de la ley 26.727 y la Circular 34/13.
El Sr. nacio en febrero de 1949 y tiene aportes en el sipa con codigo 10 solo 2 meses y una certificacion de servicios con 3 años en tres periodos, donde en carater de servicios figura privilegiados(agrario) y en oficio u ocupacion: peon albañil, actividad firma agropecuaria; en el sipa me figuran 4 meses mas de aportes como comunes, les consulto lo siguiente:
1) Puedo aplicar la reso 980/05 que con codigo 10 me permite triplicar???
2) la normativa me exige 57 años y 25 aportes, prorrateo aplicando la reso 980/05; o sea triplicando? para posteriormente completar con la moratoria.
3) este señor cumple los 65 años en febrero del año entrante, estan tardando mucho o presentan inconvenientes estos tramites, para analizar la conveniencia de presentarlo ahora o en febrero!
Espero sus opiniones, muchisimas gracias colegas!!!
saludos!!!!
 #975933  por draprevibai
 
PILAR28 escribió:Estimados foristas. les comento mi primer caso en vigencia de la ley 26.727 y la Circular 34/13.
El Sr. nacio en febrero de 1949 y tiene aportes en el sipa con codigo 10 solo 2 meses y una certificacion de servicios con 3 años en tres periodos, donde en carater de servicios figura privilegiados(agrario) y en oficio u ocupacion: peon albañil, actividad firma agropecuaria; en el sipa me figuran 4 meses mas de aportes como comunes, les consulto lo siguiente:
1) Puedo aplicar la reso 980/05 que con codigo 10 me permite triplicar???
2) la normativa me exige 57 años y 25 aportes, prorrateo aplicando la reso 980/05; o sea triplicando? para posteriormente completar con la moratoria.
3) este señor cumple los 65 años en febrero del año entrante, estan tardando mucho o presentan inconvenientes estos tramites, para analizar la conveniencia de presentarlo ahora o en febrero!
Espero sus opiniones, muchisimas gracias colegas!!!
saludos!!!!

Hola: Fijate bien lo que dice la ley con relación a las actividades comprendidas. Como toda tarea cpn servicios diferenciales son verificados.
 #976234  por PILAR28
 
gracias dra. previbai por responder!
los aportes los tengo por certificacion de servicios y remuneraciones, aun asi van a verificar???
sinceramente lo que mas me preocupa es el hecho de que figura en oficio u opupacion peon albañil y no peon general, y la otra consulta es saber si puedo aplicar la reso 980/05??
gracias!!
 #976254  por PILAR28
 
gracias nuevamente dra previbai!!
Ire a la anses para ver si en el sipa a ellos le figuran como aportes diferenciales, si es asi le pediria al empleador que corrija la certificacion y ponga peon general. me parece que van a figurar como aportes comunes.
Bueno, mil gracias por tu tiempo!!
Saludos!!!
 #976275  por anibal martin
 
Buen dìa Pilar. Podès reflejar a cuànto tiempo de servicios computables llegas. Porque por lo que veo no te acercàs al mìnimo exigido con servicios rurales o sin ellos. Ademàs còmo ya te señalò Previbai las tareas del Albañilerìa no entran en el Trabajo Rural.amf.
 #976295  por PILAR28
 
Gracias Anibal nuevamente por responder!!!
te cuento que tendria casi 6 años como aportes rurales, el tema que en la certificacion dice empresa agropecuaria, aportes privileguados(agrarios) pero en oficio me pusieron: peron albañil. sincesamente yo creo que estos aportes son comunes, por eso queria ir a ver como figuran aportados en la anses, para eventualmente pedirle a la empleadora que corrija la certif.
lo que pensaba hacer es prorratear ambos regimenes, y completar con moratoria!
saludos!!!!
 #976321  por PILAR28
 
ok!! la reso 524 permite triplicar con aportes con ese codigo, no???
saludos!!