Colegas, soy de sta fe, dentro de unos días tengo una audiencia del Art. 51 -por un laboral-(conciliatoria) alguien me puede orientar que tengo que tener en cuenta y como procedo a ofrecer la prueba restante. Saludos
si no logras un acuerdo, se abre el acto se produce prueba confesional y reconocimiento de documental, apercibimientos del 55 LCT n caso de no llevar la audiencia todos los recaudos legales intimado en la demanda.Y ofreces prueba.Testimonial, pericial si hubo desconocimientos.