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  • extension solidaria a socios de srl

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #981621  por consultero
 
Sres. les comento que me vino a ver un cliente y trabaja para una empresa que es una SRl (seguro va a ser muy dificil sacarle algo), en las idas y vueltas lo di por despedido por deudas que teníasn etc. bueno la pregunta puntual es: Alguien tiene jurisrpudencia sobre extensión de responsabilidad a los socios? ¿existe algun lugar donde pueda yo ver quienes son los socios de esa SRL para así demandarlos? bueno creo que por ahora nada mas. A les aclaro que no estoy de improvisado ya he leído pro ej la ley de soc com en art 54 y alguna jurisp. pero espero sus aportes y muchas gracias
 #981635  por TORDO
 
pero se trata de un trabajador en que estaba en NEGRO ??
por que sino va a ser muy difícil que te hagan lugar a la extención de responsabilidad.-
 #981731  por andresxeneizes
 
coincido con el colega, sino habia irregularidades registrales no se puede pedir la solidaridad, ya que no hay ninguna ley que habilite a ello
para saber quienes son los socios podes pedirlo por oficio del art 8 ley 23187 a la igj o registro de comercio en caso que sea en provincia
 #981844  por deborah1984
 
Hola disculpa que haga uso de tu pregunta, yo quisiera saber sí alguno puede decirme como hago para descubrir que relación jurídica une a un club de fútbol y una persona que tiene la explotación del bar dentro del club. Un empleado me dijo que es una concesión pero para la demanda laboral necesito justificar su responsabilidad solidaria en virtud de algún contrato, además de alegar el artículo 30 de la LCT, espero puedan sacarme la duda, desde ya muchas gracias.
 #981852  por TORDO
 
deborah1984, denuncia el contrato de concesión aplica la solidaridad del Art 30, y deja que el resto lo haga los demandados, ya en el hecho que el bar funcione dentro del club, tendrás una presunción del juez que hará lugar a la solidaridad, ya que se entiende que no podría explotar el bar dentro del club, sin autorización de este cuanto menos.-
 #981872  por deborah1984
 
Gracias por tu respuesta! Otra duda, el tema este es sobre un despido sin causa en provincia, se hizo el intercambio telegráfico con el empleador, si cito a conciliación, no se presentó y por eso pasamos a instancia judicial, en el intercambio y conciliación solo se citó al empleador y no, al representante del club, si bien es optativa la instancia conciliatoria en provincia, mi duda es si puedo en la demanda reclamar a los dos por el artículo 30 de la LCT aún no habiendo mencionado en el intercambio telegráfico al club. Desde ya muchas gracias.
 #981877  por consultero
 
Justamente eso es otro tema, si bien esta en blanco no se si estaba inscripta 8 o 4 horas, ya que el recibo de sueldo no dice nada. en ese caso creo correspondería la solidariadad. Como puedo saber si estaba inscripta 4 u 8 horas ? (jornada completa o mal registrada), en anses???? o alguna pagina de afip me lo dice??? en ese caso creo procdería la solidaridad....
 #981889  por TORDO
 
consultero, de acuerdo al convenio y al monto del salario podes dedudir si esta cobrando por media jornada o jornada completa, en uno u otro caso me parece muy complicado demandar la extención de solidaridad a los socios de la srl. pero si tenes una puerta abierta previa intimación a que la registren correctamente.-
 #981891  por TORDO
 
[quote="deborah1984"]Gracias por tu respuesta! Otra duda, el tema este es sobre un despido sin causa en provincia, se hizo el intercambio telegráfico con el empleador, si cito a conciliación, no se presentó y por eso pasamos a instancia judicial, en el intercambio y conciliación solo se citó al empleador y no, al representante del club, si bien es optativa la instancia conciliatoria en provincia, mi duda es si puedo en la demanda reclamar a los dos por el artículo 30 de la LCT aún no habiendo mencionado en el intercambio telegráfico al club. Desde ya muchas gracias.[/quote]

podes llevarlo a juicio igual, no es obstaculo, OJO que en ambos casos la soidaridad es procedente si estaba "en negro".- sino el club no será solidario, salvo pruebes que el bar es una actividad escencial para el club o "su negocio", lo cual es muy dificil, aunque siempre podes encontrar un juez o tribunal que innove.-