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  • pasar un bien propio a bien de la sociedad conyugal

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #985691  por mendea
 
Buen día.

Dejo una consulta.

Si dos personas solteras adquirieron un bien, 50% cada uno. Posteriormente se casan y la idea, teniendo en cuenta la herencia, es que ese bien pase a ser de la sociedad conyugal así se heredan la parte cuando llegue momento, y no entre en la herencia la familias propias (hijos, padres, hermanos, etc.).

Qué trámite se debe hacer para que el bien para a ser de la sociedad conyugal?.

Gracias.
 #985714  por santiheladero
 
Si dos personas solteras adquirieron un bien, 50% cada uno. Posteriormente se casan y la idea, teniendo en cuenta la herencia, es que ese bien pase a ser de la sociedad conyugal así se heredan la parte cuando llegue momento, y no entre en la herencia la familias propias (hijos, padres, hermanos, etc.).

Qué trámite se debe hacer para que el bien para a ser de la sociedad conyugal?.[/quote]

???
No se puede. Adquieren un bien 50 y 50 y quieren que sdea ganancial para heredar 50 y 50??? Y si fuere ganancial porque "se heredarian la parte " como decis? y no entre en la herencia los hijos...si es ganancial heredan los hijos.[quote="mendea"]
 #985942  por mendea
 
En la parte de los hijos quizás no me expresé bien.
En este ejemplo una parte tiene un hijo de otro matrimonio, y la otra parte no tiene hijos. La idea es pasarlo a bien conyugal (o como se llame) para que llegado el caso de la herencia, si hereda la parte que no tiene hijos, tenga derecho a la parte que le corresponde de la herencia que creo que es la mitad (obviamente teniendo en cuenta que el hijo también heredará). Y en el otro caso, herede la totalidad y que no vaya la herencia a los padres, hermanos, etc. (me refiero a la parte que no tiene hijos).

Saludos.
 #985992  por Tiburcio
 
El carácter de un bien no puede ser modificado por acuerdo de las partes. Si es propio seguirá siéndolo siempre.
Desde luego dejando a salvo los créditos que pudiera tener la sociedad conyugal por mejoras introducidas con dinero ganancial.