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  • regulacion de honorarios venta de inmueble por tracto abrevi

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 #990647  por romi14
 
Colegas,
alguien de la pcia. de Cba. que me pueda ayudar??? el tema es así: tengo que tramitar tracto abreviado por venta de un inmueble en una sucesión. Me preocupa el tema del cobro de honorarios porque se que estos clientes son medios difícil de cobrar. Mi idea es pedir regulación de acuerdo al valor real de inmueble.
1) El pedido de regulación lo hago en el mismo escrito del tracto? acompaño una cotización del inmueble? eso me aumenta la tasa a pagar?
2) Con la regulación del juez que hago después? el escribano interviniente retiene el monto de mis honorarios?
Estoy muy perdidaaaaaaaaaaa!!!!!!! Ayudaaaaa!
 #990705  por abogadamdq
 
Hola, estoy en Provincia de Buenos Aires, pero igual opino con una orientación.
Base regulatoria de los honorarios sucesorios:
Antes de pedir regulación de honorarios debe estar acreditado en el expediente la base regulatoria de los honorarios, esto es, acompañar una valuación fiscal actualizada correspondiente a los bienes a transmitir en la sucesión, o acompañar en el caso de los inmuebles tasación o solicitar se practique tasación por perito, con lo cuál la tasación, ya sea la acompañada al expediente o la practicada por el perito, implica que los gastos de la tasa y sobre tasa de justicia y de la base regulatoria de los honorarios va a ser el valor real de los bienes.
Una vez establecida la base regulatoria, se puede presentar en un mismo escrito la valuación (fiscal o real) de los bienes y solicitar regulación de honorarios, pero esto es cuando el abogado patrocina o representa a todos los herederos, ya que si el abogado va por uno o algunos de los herederos, presentada la valuación, el Juez ordenará correr traslado a los demás herederos, por aplicación del principio de bilateralidad y defensa en juicio, y si los demás co - herederos no presentan oposición o impugnación a la valuación presentada, queda como base regulatoria firme para los honorarios. Por lo tanto los pasos serían: presentar valuación, esperar a que quede firme, solicitar regulación de honorarios, si solo se representa a uno o algunos de los herederos; o presentar valuación, estableciendo base regulatoria y solicitando regulación de honorarios, todo en un mismo escrito, para el caso del abogado de todos los herederos.
Venta de los bienes por tracto abreviado y honorarios del abogado de la sucesión:
En el mismo escrito se puede solicitar la venta de los bienes, denunciar el escribano designado por las partes para la operación de compra venta: nombre, apellido, n de registro, partido o Ciudad, pedir la venta por tracto abreviado, se autorice al escribano al préstamo de las actuaciones a fin de proceder a la protocolización de las mismas, y que se ordene librar oficio al escribano para que proceda a retener del precio de la venta la suma correspondiente a los honorarios regulados en autos con sus aportes de ley: y aquí se abren dos posibilidades, la primera pedir retención de honorarios y aportes del precio de la venta y depósito en autos de los mismos: entonces, que el escribano retenga -(si son varios abogados, que proceda a retener la totalidad de los honorarios y sus aportes de ley de todos los abogados intervinientes)- los honorarios consentidos, y que proceda al depósito de los mismos en la cuenta de autos (si no está abierta, pedir así mismo la apertura de la misma: o poner en el escrito por ejemplo "en la cuenta que V.S. disponga proceder a la apertura a tal fin", y se ordene dentro de un plazo de 5 días a acreditar en las actuaciones el depósito de tales sumas de dinero. La segunda posibilidad con menos pasos procesales y más práctica para el abogado y para el escribano, sería que el escribano retenga honorarios y aportes del precio de venta -(si son varios letrados los honorarios consentidos por todos los abogados y sus aportes)- que el escribano proceda a entregar al abogado o a los abogados en su caso, las sumas correspondientes a honorarios y aportes, con cargo de entregar los correspondientes recibos cancelatorios de tales honorarios. Para que se haga efectiva la retención y entrega tanto de las sumas de dinero por honorarios y aportes con su recibo de pago, es se pide al Juez se libre oficio al escribano.
 #990957  por romi14
 
Muchisimas gracias por tomarte el tiempo para enviarme esta excelente explicación abogadamdq!!! esta barbara! Aprovecho tu amabilidad y sabiduria para consultarte otra cuestión. Mi cliente (uno de los herederos) se hizo cargo de todos los gastos de su padre hasta el fallecimiento del mismo (gastos medicos, geriatrico, etc). Por asesoramiento mio fue guardando todas las facturas de los gastos ya que sus dos hermanos jamas pusieron un peso. Ahora quisieramos que se tengan en cuenta esos gastos al momento de la división del precio de la casa. En que momento debería presentar todos esos gastos? al inicio del tracto?
 #992211  por abogadamdq
 
Hola, entiendo que el heredero quiere un reconocimiento de esos gastos, podría invocar un crédito a su favor, como si fuera un acreedor. Los acreedores deben ser satisfechos antes de la partición. Los acreedores tienen dos formas para hacer valer su crédito: presentar un legítimo abono en la sucesión, o iniciar la acción correspondiente que resultaría atraída al sucesorio. Si no se presenta como acreedor, podría lograr un acuerdo en la partición a fin de lograr el desembolso de los gastos por los co-herederos, pero en este caso no se estaría presentando una cuenta particionaria, ya que del producido de la venta del o los bienes del acervo, se estarían "repartiendo" entre los co-herederos el dinero, con lo que queda una salida extrajudicial para que a tu cliente le toque más de lo previsto, en caso que los restantes herederos le reconozcan lo abonado y aceptaran adicionar a su parte tales sumas de dinero, si es que ya lo tienen establecido lo que le tocaría a cada uno de la venta de todo; y la otra salida es el camino judicial, plantearlo en el sucesorio, pedir audiencia para ponerse de acuerdo sobre el tema, o presentar cuenta particionaria y seguir los pasos procesales correspondientes.
 #1015478  por naux
 
Hola, respecto a lo explicado por abogadamdq me encuentro en similar situación y me gustaría que me pasaran un modelo de escrito donde se manifieste que los herederos y acreedores deciden de común acuerdo y judicialmente pagar las deudas con la nuda propiedad de uno de los bienes inmuebles (en especie) en el acervo y cómo se adjudicaría (no cómo hijuelas salvo usufructo para heredera única). Aguardo respuesta. Gracias.