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  • pension de no inscripto en afip con problemas

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #992630  por crisdevetter
 
Hola, buenos dias, espero me puedan responder un problema, en el año 2011 sresente una pension directa de un sr no inscrpto en afip pero con relac de dependencia, esta fue a la Carss y salio con dictamen favorable, paso todo un largo año, cuando ingresa a la udai de origen se piden pruebas por un periodo de 6 meses que en la sabana de anses figuran con 0.00, osea el causante trabajo en una empresa 61 meses, todos aparecen con aportes menos los 6 primeros meses y udai reclama que se aporten pruebas, lamentablemente la viuda no tiene absolutamente nada, solo mandaremos un telegrama a la empresa en cuestion, que ya no existe mas, reclamando la csr, y no se que mas hacer, lamentablemente en caso contrario perderia todo el retroactivo- espero vtras respuestas gracias
 #992645  por MARIO1943
 
crisdevetter escribió:Hola, buenos dias, espero me puedan responder un problema, en el año 2011 sresente una pension directa de un sr no inscrpto en afip pero con relac de dependencia, esta fue a la Carss y salio con dictamen favorable, paso todo un largo año, cuando ingresa a la udai de origen se piden pruebas por un periodo de 6 meses que en la sabana de anses figuran con 0.00, osea el causante trabajo en una empresa 61 meses, todos aparecen con aportes menos los 6 primeros meses y udai reclama que se aporten pruebas, lamentablemente la viuda no tiene absolutamente nada, solo mandaremos un telegrama a la empresa en cuestion, que ya no existe mas, reclamando la csr, y no se que mas hacer, lamentablemente en caso contrario perderia todo el retroactivo- espero vtras respuestas gracias
LOS 6 PRIMEROS MESES EN EL SIPA LE APARECE REMUNERACIONES O TAMBIEN EN REMUNERACIONES ES CERO PESOS?
 #992684  por diegomdp
 
claro porque aparece cero??? era periodo de prueba?? auqnue hay solo podrias pelear 3 meses, era empleado de un empleador monoributista, ahi aparce cero y los naboletis no saben leer el sipa, o aparece cero porque le hicieron mal las ddjj con lo cual sin certifcacion de servicios estas en lo que se llama horno

aclara de donde sale ese cero sino es dificil orientarte
 #992696  por crisdevetter
 
Desde ya muchas gracias por las rapidas respuestas, lamentablente la viuda no tiene pruebas(recibos, etc) por la epoca 1998/1999 tal vez seria periodo de prueba de 3 meses a 1 año contrato de aprendizaje pero el sr. no encuadra con la edad requerida tampoco se la actividad de la empresa asi averiguaria el convenio si homologaba los 6 meses ya que la viuda conocio al causante dps de esa epoca- Bueno..en fin un lio presentare el telegrama y tratare de conseguir testigos.- como ya les dije seria un absurdo perder todo el retroactivo y reformular nuevamnte el Sicam.- Nuevamente Gracias
 #992727  por MARIO1943
 
crisdevetter escribió:Desde ya muchas gracias por las rapidas respuestas, lamentablente la viuda no tiene pruebas(recibos, etc) por la epoca 1998/1999 tal vez seria periodo de prueba de 3 meses a 1 año contrato de aprendizaje pero el sr. no encuadra con la edad requerida tampoco se la actividad de la empresa asi averiguaria el convenio si homologaba los 6 meses ya que la viuda conocio al causante dps de esa epoca- Bueno..en fin un lio presentare el telegrama y tratare de conseguir testigos.- como ya les dije seria un absurdo perder todo el retroactivo y reformular nuevamnte el Sicam.- Nuevamente Gracias
NO CONTESTA LA PREGUNTA, SI TIENE REMUNERACION EN EL SIPA?
TESTIGOS PARA QUE ?, SI LA EMPRESA ESTA RECONOCIENDO LOS PERIODOS AL DECLARARLO, ACA EL PROBLEMA ES SI LOS APORTES SON CERO PESOS O LA REMUNERACION TAMBIEN ES CERO, PORQUE SI TIENE REMUNERACION Y NO TIENEN APORTES ES OTRO CANTAR
POR OTRO LADO NADA TIENE QUE VER SI SON PERIODOS DE PRUEBA, YA QUE LA LEY DE CONTRATO D E TRABAJO , PERMITE AL EMPLEADOR PROBAR LOS PRIMEROS 3 MESES , PERO ESO NO QUITA QUE NO LE PAGUE REMUNERACION, YA QUE GOZA DE TODOS LOS BENEFICIOS QUE TIENE EL TRABAJADOR EFECTIVO, CON LA UNICA DIFERENCIA QUE EN LA PRUEBA AL DESPEDIRLO NO SE PAGA INDEMNIZACION Y EL EFECTIVO SI, LOS PERIODOS DE PRUEBAS ESTAN SUJETOS A RETENCIONE S Y APORTES PREVISIONALES Y PASANDO LOS TRES MESES PASA A SER EFECTIVO, YA QUE SI EL EMPLEADOR LOS DESPIDE TIENE QUE ABONAR LAS INDEMNIZACIONES PREVISTA EN EL ART, 232, 233 Y 245 DE LA L.CT
SI ES PASANTIAS, NO HAY VINCULO LABORAL, LA PERSONA NO ES CONSIDERADA TRABAJADORA, PORQUE SE SUPONE QUE NO ESTA TRABAJANDO SI NO APRENDIENDO, TIENE UN SOLO OBJETIVO NETAMENTE EDUCATIVO PARA ESTUDIANTES, DE SER ASI NO HAY QUE DECLARARLO YA QUE CARECE DE BENEFICIOS PREVISIONALE S Y SOCIALES, SOLO S E LE PAGA UN VIATICOS
DE ENTRADA NO PUED E TENER REMUNERACION CERO,PUEDE TENER REMUNEARCION CERO SI EN EL MEDIO HAY 6 MESES D E PERMISO ,ENTONCES LA REMUNERACION ES CERO PESOS, SALVO LO QUE DICE DIEGO SI EL EMPLEADOR ES MONTRIBUTISTA, SI SON SUELDOS DEVENGADOS Y NO ABONADOS , TAMPOCO SE PUEDE PONER EN REMUNERACION CERO PESOS , YA QUE LO MISMOS HAY QUE DECLARAR LOS SUELDOS
 #992733  por crisdevetter
 
Perdon Mario en la sabana de anses aparecen estos periodos 10/1998 a 03/1999 tanto la remuneracion, ddjj empleador como las transferencias en 0.00 y luego el cuit del empleador, estos 6 meses, son los primeros de los 61 meses que trabajo para la misma empresa- Lastima que no pueda responder a todo, pues la viuda nada sabe lo que si se que la empresa era una SRL,-Gracias por la ayuda
 #992783  por MARIO1943
 
crisdevetter escribió:Perdon Mario en la sabana de anses aparecen estos periodos 10/1998 a 03/1999 tanto la remuneracion, ddjj empleador como las transferencias en 0.00 y luego el cuit del empleador, estos 6 meses, son los primeros de los 61 meses que trabajo para la misma empresa- Lastima que no pueda responder a todo, pues la viuda nada sabe lo que si se que la empresa era una SRL,-Gracias por la ayuda
SI TIENE REMUNERACION, NO ES RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADO DE QUE EL EMPLEADOR HAYA OMITIDO LOS APORTES, YA QUE COMO AGENTE DE RETENCION LA RESPONSABILIDAD ES DEL EMPLEADOR, NO LE PUEDEN ACHACAR LA RESPONSABILIDAD AL EMPLEADO, POR OTRO LADO LA RESPONSABILIDAD ES DE LA AFIP COMO AGENTE RECAUDADOR, EL EMPLEADOR DECLARO LA REMUNERACION NO PUEDE LA AFIP SER AJENA A ESTE HECHO YA QUE SI NO SE PREOCUPO DE LA RECAUDACION , INCURRE EN INCUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES COMO AGENTE RECAUDADOR, A ESTE ORGANISMO Y LA EMPRESA QUE NO HACE LOS APORTES HAY QUE CASTIGARLO NO AL EMPLEADO , SI EL EMPLEADO NO ES AGENTE D E RETENCION
POR OTRO LADO EL DECRETO 679/95 DICE LO SIGUIENTE
Art. 2º - A los fines de la Ley 24.241, se considerarán servicios con aportes:
a) Tratándose de actividades en relación de dependencia, los períodos respecto de los cuales se hubieran devengado y retenido los aportes y contribuciones correspondientes
TAMBIEN EL ART. 13 D E LA LEY 24241 , ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADO DE HACER LA DENUNCIA, PERO HAY VARIOS FALLOS QUE ESTABLECEN QUE NO S E LE PUEDE ASIGNAR LA RESPONSABILIDAD AL EMPLEADO DE HACER LA DENUNCIA, YA QUE CORRE PELIGRO SU ESTABILIDAD EN LA EMPRESA
POR OTRO LADO EL ART. 80 D E LA LEY D E CONTRATO D E TRABAJO DICE LO SIGUIENTE

Art. 80. —Deber de observar las obligaciones frente a los organismos sindicales y de la seguridad social - Certificado de trabajo.

La obligación de ingresar los fondos de seguridad social por parte del empleador y los sindicales a su cargo, ya sea como obligado directo o como agente de retención, configurará asimismo una obligación contractual.
Y POR ULTIMO EL DECRETO 460/99 DICE LO SIGUIENTE

6. En el caso de los trabajadores en relación de dependencia y a los fines de la calificación de la regularidad de los aportes, se considerarán como meses aportados aquellos durante los cuales se devengaron las remuneraciones, aunque no hubieran sido percibidas por causas no imputables al afiliado. Asimismo, tendrán igual tratamiento aquellos meses durante los cuales el afiliado estuviere percibiendo la prestación por desempleo prevista en la Ley N° 24.013".

ESTAN CONSIDERANDO COMO MESES APORTADOS SOBRE LOS SUELDOS DEVENGADOS NO PERCIBIDOS , NO HACE FALTA QUE EL EMPLEADOR HAYA REALIZADOS LOS APORTES Y CON ESTE FUNDAMENTO SI EL EMPLEADOR NO EFECTUO LOS APORTES CORREPONDIENTES Y DECLARO LA REMUNERACION DEL MES,INDEPENDIENTEMENTE SI LOS SUELDOS FUERON PERCIBIDOS O NO, SE DEBE CONSIDERAR COMO APORTES EL MES EN CUESTION YA QUE SON CAUSAS AJENAS NO IMPUTABLE AL AFILIADO