Hola calegas, les hago una consulta...he leido varios posts pero ninguno se encuadra en mi situación. En un juicio ejecutivo por cobro de alquileres q tramita en provincia de bs as, se ha trabado embargo sobre haberes del demandado, la sentencia fija el monto de capital y una suma para responder provisoriamente a intereses y costas... el tema es que debo presentar liquidacion y en la sentencia nada dice respecto a que tasa utilizar para calcular intereses, mi pregunta es: debo hacerla en base a la tasa activa o pasiva? o presentar un escrito solicitando al juzgado se expida sobre dicho punto? espero puedan orientarme, gracias!
1) averiguar qué dice la jurisprudencia en el tema en el depto. judicial en el que tramita el juicio, y aplicás esa tasa.
2) aplicás tasa activa (que te es más favorable, obviamente) y, en su caso, el demandado que se oponga, vierta sus argumentos y resuelve el juez.
