Hola foristas! Soy de Santa Fe, soy nueva en la profesión y realmente necesito una mano. Mi consulta es la sgte: estoy llevando el caso de una quiebra de una persona física y ahora le decretaron la conclusión de la misma, por lo que, hay que diligenciar los oficios correspondientes.
Ahora mi duda es la siguiente (dado que el decreto no especifica nada) éstos oficios son dirigidos al Ministerio del Interior, al Registro Nacional de Reincidencias y algún lugar más?? Estoy en duda si a la Cámara de Apelaciones también.
Agradecería a quien pueda compartir sus conocimientos conmigo.
Ahora mi duda es la siguiente (dado que el decreto no especifica nada) éstos oficios son dirigidos al Ministerio del Interior, al Registro Nacional de Reincidencias y algún lugar más?? Estoy en duda si a la Cámara de Apelaciones también.
Agradecería a quien pueda compartir sus conocimientos conmigo.

