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  • Hasta que momento puedo hacer cesión de der. hereditarios???

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #996135  por carpediem83
 
Hola en un expediente sucesorio, esta dictada la declaratoria de herederos por el juez pero la misma no fue inscripta. Habia 2 bienes, un auto que se vendio por tracto abreviado y queda una casa que dos herederas le quieren ceder a la otra. Estoy a tiempo de hacer una cesion de der. hereditarios y presentarla en el expediente????? porque lei que algunos sostienen que una vez que esta la DH no se puede pero nose que papel juega la inscripción. Gracias
 #996277  por leandromagno
 
Hola Anvere, hace poco me consultaron por una sucesión con un caso parecido. Tengo dos dudas con respecto a tu respuesta,...¿ porqué se complica presentar la cesión luego de dictada la DH y porqué no se puede inscribir una vez presentada la cesión después de dictada la DH , directamente a nombre del cesionario ?
Si vos o algún colega me puede responder me darían una mano grande.
Saludos para vos y todos los colegas del foro.
 #996524  por ANVERE
 
Me resulta confusa tu pregunta. Pero tratando de interpretarla. Si tu duda es : Una vez dictada la declaratoria, todos los declarados herederos ceden a un X (cesionario). Deberías presentar la cesión y pedí al juez ordene la inscripción a nombre del cesionario (Siempre y cuando hayas pagado todos los impuesto de ley).-
 #996600  por leandromagno
 
Muchas gracias Anvere por tu respuesta. Me quedó clara tu respuesta anterior. Te cuento, que es una sucesión en que hay tres hermanas, una de ellas ya recibió en vida de mis abuelos la casa en que vive, tiene la escritura. Con respecto a las otras dos, cada una vive en su departamento. Es decir que los bienes del acervo hereditario a denunciar serían estos departamentos. Es decir...¿ que se tendrían que ceder recíprocamente los derechos hereditarios estas dos hermanas sobre estos dos deptos.? y dejarse acentado en la escritura de cesión que la que vive en su casa y tiene la escritura de la misma, ya recibió en vida de los causantes su porción?
Te agradecería mucho si me pudieras orientar con estas preguntas.
Saludos para vos y buenas noches.
 #997880  por ANVERE
 
Si la que ya recibió su herencia tiene la escritura no es necesario manifestar nada , si es necesario que ésta heredera ceda sus derechos respecto de los bienes de las otras dos hermanas, y además estas dos hermanas deberán cederse recíprocamente por cada bien que se queda la otra.-
 #998060  por leandromagno
 
Muchas gracias Anvere, ahora me quedó más claro todo. Igual, de el/la escribano/a, nos explicará todo al momento de hacer la cesión. Pero quería tener una idea de antemano. Es probable que yo realice el trámite de la sucesión de la familia.
Gracias por tu amabilidad y saludos para vos.