Me vino a ver mi primer cliente al cual lo chocaron en febrero de 2013 en ruta un conductor ebrio (dio 2,5 en sangre), el tema es que mi cliente hizo el reclamo ante la aseguradora y los peritos de su aseguradora dan destruccion total, he aqui el tema que mi cliente nunca transfirio el auto y en el interin entro una inhibicion (auto a nombre de una S.A en proceso de quiebra). Yo lo aconseje que pare el reclamo ante la aseguradora del embistente ya que le exiguen la baja del vehiculo en el registro para liquidarle el siniestro y no lo puede hacer por la inhibicion.
Que me aconsejarian???
-Iniciar una demanda por daños y perjuicios contra el conductor solamente sin citar a su aseguradora y ver que pasa, que la cite el en garantia ya que esta la posibilidad que su aseguradora se abra por lo prescripto por el Art. 114. El asegurado no tiene derecho a ser indemnizado cuando provoque dolosamente o por culpa grave el hecho del que nace su responsabilidad. Les parece correcto encararlo asi????, el embistente tiene patrimonio para responder en todo caso.
Desde ya agradezco todos los comentarios y recomendaciones.
Fabio.
Que me aconsejarian???
-Iniciar una demanda por daños y perjuicios contra el conductor solamente sin citar a su aseguradora y ver que pasa, que la cite el en garantia ya que esta la posibilidad que su aseguradora se abra por lo prescripto por el Art. 114. El asegurado no tiene derecho a ser indemnizado cuando provoque dolosamente o por culpa grave el hecho del que nace su responsabilidad. Les parece correcto encararlo asi????, el embistente tiene patrimonio para responder en todo caso.
Desde ya agradezco todos los comentarios y recomendaciones.
Fabio.
