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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #982970  por periquita
 
parq1104 escribió: Muchas Gracias!!! tendrias algun modelo de CD en estos terminos?...disculpame q sea tan pesada...
Disculpá pero no tengo tiempo de copiarlo. Es muy simple.
Entrá en el sub foro de D.Labora.
Saludos
 #982974  por parq1104
 
periquita escribió:
parq1104 escribió: Muchas Gracias!!! tendrias algun modelo de CD en estos terminos?...disculpame q sea tan pesada...
Disculpá pero no tengo tiempo de copiarlo. Es muy simple.
Entrá en el sub foro de D.Labora.
Saludos
Gracias!!
 #983203  por jorgeomar
 
Kiara escribió:Hola, tengo mi estudio en La Plata y me especializo en jubilaciones docentes, cualquier duda consulten.


Saludos colega:
acordado el beneficio de jubilacion ordinaria serv. mixtos a partir del año 1992, 70% del sueldo de maestra de grado 22 años de desempeño docente de grado de escuela por IPS en provincia de buenos aires.
la misma persona siguio desempeñandose como Regente de Escuela Hogar en CONSEJO NACIONAL NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA hasta el año 2005. aqui desempeño como miembro superior de junta.
No encuentro cual seria la actualizacion salarial activa de ambos desempeños, como para verificar ciertamente que le corresponderia.
Mis dudas son. Ante que tribunal deberia realizar presentacion. O que dependencia de ANSES deberia realizar reclamo administrativo. Si en provincia de Buenos Aires o en Capital Federal, o Tribunales Federales.
Muchas gracias
 #983402  por dravrusso
 
Hola te hago una consulta tengo una docente que se va a jubilar con un cargo docente de jornada completa y contamos con dicha resolucióm. ya tiene 30 años en pcia el problema que tengo es el siguiente a ver si me podes ayudar.
1- trabajo en dipregep y tenemos todos los cec 15 pero algunas escuelas son del año 77-78 ( dipregep no transferidos) por lo tanto aparecen en una de las pantallas de anses, debo hacer el reco alli?
2-Basta con los cec 15 como nos dio la escuela o hay que pasarlo por torre 1 piso 10 dipregep?
3- Una escuela es de privado de capital pero no existe mas cerró y aparece en anses con sus aportes, debo conseguir constancia de que cerró o se puede renunciar a esos aportes??

Gracias por ayudarme! saludos Natalia
 #983435  por periquita
 
dravrusso escribió:Hola te hago una consulta tengo una docente que se va a jubilar con un cargo docente de jornada completa y contamos con dicha resolucióm. ya tiene 30 años en pcia el problema que tengo es el siguiente a ver si me podes ayudar.
1- trabajo en dipregep y tenemos todos los cec 15 pero algunas escuelas son del año 77-78 ( dipregep no transferidos) por lo tanto aparecen en una de las pantallas de anses, debo hacer el reco alli? si
2-Basta con los cec 15 como nos dio la escuela o hay que pasarlo por torre 1 piso 10 dipregep? lo anterior a la transferencia hay que presentarlo con formularios de ANSES y El decreto 137 con la firma de DIPREGEP en torre 1

3- Una escuela es de privado de capital pero no existe mas cerró y aparece en anses con sus aportes, debo conseguir constancia de que cerró o se puede renunciar a esos aportes?? Los podés tomar como servicios comunes desde el SIPA o ir a Enseñanza privada y pedir que te hagan la constancia para tomarlos como docentes.

Gracias por ayudarme! saludos Natalia
 #983436  por periquita
 
jorgeomar escribió:
Kiara escribió:Hola, tengo mi estudio en La Plata y me especializo en jubilaciones docentes, cualquier duda consulten.
No leiste el post..... Kiara hace mucho que no contesta....

Saludos colega:
acordado el beneficio de jubilacion ordinaria serv. mixtos a partir del año 1992, 70% del sueldo de maestra de grado 22 años de desempeño docente de grado de escuela por IPS en provincia de buenos aires.
la misma persona siguio desempeñandose como Regente de Escuela Hogar en CONSEJO NACIONAL NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA hasta el año 2005. aqui desempeño como miembro superior de junta.
No encuentro cual seria la actualizacion salarial activa de ambos desempeños, como para verificar ciertamente que le corresponderia.
Mis dudas son. Ante que tribunal deberia realizar presentacion. O que dependencia de ANSES deberia realizar reclamo administrativo. Si en provincia de Buenos Aires o en Capital Federal, o Tribunales Federales.
El planteo está confuso, a lo mejor otro forista te puede ayudar. ¿Se jubiló por el IPS? ¿Querés hacer el reclamo en ANSES?
Muchas gracias
 #984924  por lidiabarone
 
Hola queria consultar si es posible computar exceso de edad para completar meses de aporte. Es una docente de establecimiento transferido a pcia de 64 años de edad, tiene 24 años y 7 meses al frente con alumnos en anses y a partir del 94 a la actualidad (casi 20 años) en IPS. En anses me dieron 2 versiones diferentes, una que inicie la jubilacion tomando el excedente de edad para completar los meses que faltan de aporte en nacion y una vez que tenga el reco del pcia lo incorpore, y otro dia otra persona que hasta no tener el reco no puedo iniciarla.. que opinan?
Quiero presentar cuanto antes el cierre condicionado en DGE que fecha de cese debo poner? y de cese?
mil gracias!!
 #984931  por periquita
 
lidiabarone escribió:Hola queria consultar si es posible computar exceso de edad para completar meses de aporte. Es una docente de establecimiento transferido a pcia de 64 años de edad, tiene 24 años y 7 meses al frente con alumnos en anses y a partir del 94 a la actualidad (casi 20 años) en IPS. En anses me dieron 2 versiones diferentes, una que inicie la jubilacion tomando el excedente de edad para completar los meses que faltan de aporte en nacion y una vez que tenga el reco del pcia lo incorpore, y otro dia otra persona que hasta no tener el reco no puedo iniciarla.. que opinan?
Quiero presentar cuanto antes el cierre condicionado en DGE que fecha de cese debo poner? y de cese?
mil gracias!!
Lidia:
Te constesté en el otro post.
Saludos
 #986532  por LaGaviota
 
periquita escribió:
MEI38 escribió:Buenas tardes Periquita, por lo que leo veo que sos la mas preparada en este tema. Me ha llegado una cliente que está jubilada desde el año 2004 por ley 24241. ERa docente y tiene según el expediente y el computo ilustrativo 38 años y 1 mes de aportes en el Carlos Pellegrini, y en Comercial 22 y Comercial 9 de la CABA. Y figura UBA entre el 60 y el 67. No esta cobrando el 137 segun constaté en su recibo de sueldo. Nunca hice este trámite y quisiera saber si podrías orientarme. Tengo dos formularios 137 uno apaisado y otro vertical. Como debería presentar el trámite? Saludos y gracias
Hola MEI38
¿Pusiste el buscador? contesté un par de veces sobre este tema.
Lo importante es saber qué cargos docentes tenía cuando se jubiló. Sobre eso le calcularán el 82 % actualizado según la Res. 14.
Hay que presentar los form. verticales de todos los colegios que tenía cuando cesó y demostrar que cumplía con los requisitos, que a ella le sobran.
Saludos
Estimadas Mei y periquita, tengo un caso similar, una profesora jubilada en 2003 con todos sus aportes en el colegio Carlos Pellegrini. Ya completaron el 137 y pusieron la remuneración que debería percibir con esas horas que tenía al cese en la actualidad y está firmado por las autoridades del colegio. La duda es si debo hacer certificar ese formulario en otro lugar y por otra autoridad, gracias
 #986656  por periquita
 
LaGaviota escribió: Estimadas Mei y periquita, tengo un caso similar, una profesora jubilada en 2003 con todos sus aportes en el colegio Carlos Pellegrini. Ya completaron el 137 y pusieron la remuneración que debería percibir con esas horas que tenía al cese en la actualidad y está firmado por las autoridades del colegio. La duda es si debo hacer certificar ese formulario en otro lugar y por otra autoridad, gracias
Si lo que quiere es cobrar el suplemento del decreto 137 hay que poner la última remuneración cobrada al cese y no valores actuales.

En general los que firman en el Carlos Pellegrini están autorizados por ANSES para hacerlo.

Saludos
 #986855  por LaGaviota
 
periquita escribió:
LaGaviota escribió: Estimadas Mei y periquita, tengo un caso similar, una profesora jubilada en 2003 con todos sus aportes en el colegio Carlos Pellegrini. Ya completaron el 137 y pusieron la remuneración que debería percibir con esas horas que tenía al cese en la actualidad y está firmado por las autoridades del colegio. La duda es si debo hacer certificar ese formulario en otro lugar y por otra autoridad, gracias
Si lo que quiere es cobrar el suplemento del decreto 137 hay que poner la última remuneración cobrada al cese y no valores actuales.

En general los que firman en el Carlos Pellegrini están autorizados por ANSES para hacerlo.

Saludos
Gracias periquita, revisé el 137 que me trajo la señora, y lo que pusieron en el reverso es la remuneración actual... o sea que no me lo van a tomar así !!!
 #986866  por periquita
 
LaGaviota escribió: Gracias periquita, revisé el 137 que me trajo la señora, y lo que pusieron en el reverso es la remuneración actual... o sea que no me lo van a tomar así !!!
Tiene que pedir otro.

Ése se utiliza si quiere ir a la Justicia para pedir el 82 % móvil del cargo.

Saluos
 #989574  por ataale
 
Hola. Tengo una certificacaion de una escuela de la familia agricola de la localidad de Salazar. Es del año 86-87-88-89. El tema es que fui a Dipregep y no me lo tomaron, me dijeron q tenia q tener la firma del representante del Banco y la final de la certificacion dice "por el Banco de la provincia de Buenos Aires Salazar ( nombre y la firma). No tengo q presentarlo en DIPREGEP? Solo voy a ANSES A HACER EL RECO Y PRESENTARLO EN ips??? Gracias
 #989597  por periquita
 
ataale escribió:Hola. Tengo una certificacaion de una escuela de la familia agricola de la localidad de Salazar. Es del año 86-87-88-89. El tema es que fui a Dipregep y no me lo tomaron, me dijeron q tenia q tener la firma del representante del Banco y la final de la certificacion dice "por el Banco de la provincia de Buenos Aires Salazar ( nombre y la firma). No tengo q presentarlo en DIPREGEP? Solo voy a ANSES A HACER EL RECO Y PRESENTARLO EN ips??? Gracias
No entiendo bien el planteo.
Si es una escuela privada secundaria tenés, como decís, que hacer reco en ANSES si es que se jubilará por el IPS.
Para ello tenés que presentar en ANSES, además de la clásica certif. de servicio, el form. AMPLIACIÓN SUPLEMENTO DOCENTE DECRETO 137/2005 con la firma certificada en dipregep. Tarda 20 días.
Saludos
 #989616  por ataale
 
Gracias Periquita. Baj el formulario de ANSES y lo llevo q me lo certifique DIPREGEP? o PRIMERO A LA MISMA INSTITUCION Q ME DIO LA CERTIFICACION?
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