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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1046293  por Hermi
 
Periquita, vuelvo a molestarte como alguna otra vez...
tengo una señora que trabajó en escuela pública nacional (durante su periodo trabajado aún no se había provincializado (´'71 al '84).
El colegio emitió una certificación sin la complementaria del dec 137/05...en aquel entonces no parecía importar el suplemento docente porque se desprendía un periodo menor a 10 años por tanto se solicitaron como servicios comunes.
El tema está en ANSES consideró necesaria una verificación, al parecer por probatoria insuficiente ya que la escuela no figuraba en los registros de ANSES. Ya en la escuela desconocieron la firma de la autoridad certificante de aquel entonces.

Ahora bien, la escuela ofreció confeccionar una nueva certi, siendo escuela provincializada, pero por los periodos trabajados NACIONALES, es necesario certificar la firma en algún organismo nacional o provincial? Tengo entendido que el código en la Dirección de escuelas no sería necesario por esos periodos
Gracias!!!!
 #1046435  por periquita
 
Hermi escribió:Periquita, vuelvo a molestarte como alguna otra vez...
tengo una señora que trabajó en escuela pública nacional (durante su periodo trabajado aún no se había provincializado (´'71 al '84).
El colegio emitió una certificación sin la complementaria del dec 137/05...en aquel entonces no parecía importar el suplemento docente porque se desprendía un periodo menor a 10 años por tanto se solicitaron como servicios comunes.¿¿?? son más de 10 años.... no se pidió porque no existía, es del 2005
El tema está en ANSES consideró necesaria una verificación, al parecer por probatoria insuficiente ya que la escuela no figuraba en los registros de ANSES. qué raro..... Ya en la escuela desconocieron la firma de la autoridad certificante de aquel entonces.

Ahora bien, la escuela ofreció confeccionar una nueva certi, siendo escuela provincializada, pero por los periodos trabajados NACIONALES, es necesario certificar la firma en algún organismo nacional o provincial? Si es una escuela privada de prov. de Bs. As. hay que llevar el decreto 137 a la DIPREGEP. Tardan 20 días.
Tengo entendido que el código en la Dirección de escuelas no sería necesario por esos periodos. Así es.
Gracias!!!!
 #1046952  por Camarista41
 
periquita escribió:
Camarista41 escribió:
periquita escribió:
Es difícil orientar por el foro temas complejos y que hay que tener todo presente y a la vista..
.

Si estaba jubilada por ANSES y cobraba la Res. 14/09 NO PODÍA TRABAJAR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA salvo que se haya jubilado parcialmente, con alguna ley que lo permitía?
Hola periquita, gracias, lo que anoté son 44 modulos, me confundí. pequeña diferencia....
El sueldo es mas de 25000$. Ella se jubila en 1992, y según me manifiesta en su momento firmó algo que le permitía acceder a otra jubilación, algo así me explicó, Aun no tengo la documentación en mi poder. Se jubiló como profesora, saludos
Insisto en lo que te dije antes, no se puede orientar sin tener TODOS los elementos,

Saludo
s
Estimada peri, vuelvo a la carga, la señora se jubila en el año 92 con un solo cargo en un colegio de la CABA, por ley 23568. El haber al momento de la jubi era de 721$. Luego tramita 137/05, en el año 2006. Según consta en su recibo jubilatorio, cobra la 14/09. Por otro lado desde el 85 a la fecha trabaja en IPS. Podrías orientarme donde estudiar mas esto? o el tema de la jubilación parcial que me mencionas? Gracias
 #1046960  por mariaflor14
 
Hola Periquita, antes que nada quiero felicitarte por el post he leido hasta la pagina 17 y pienso completar la lectura de las 96 paginas porque todos las consultas son muy interesantes. Dicho esto te comento este caso: docente colegio privado, 56 años de edad, con 31 años de aportes todos frente al aula desde 12/2103 con licencia sin goce de sueldo (ultimo haber $2380) y con 10 años de aportes como autono directora de sa aportando a la fecha (ultimo aporte $ 1.600), me pregunta como se compondrá su haber cual sera el importe ... preguntas:se suman los sueldos mas las rentas presuntas de autonomo? cual es la formula para calcular el haber?
Cuando se trata de la ley 24241 yo efectuo el calculo uactualizando los coeficientes de actualizacion salaria y posteormente aplico la formula...pero en casos docentes como es? desde ya muchas gracias por tu respuesta
 #1046962  por periquita
 
mariaflor14 escribió:Hola Periquita, antes que nada quiero felicitarte por el post he leido hasta la pagina 17 y pienso completar la lectura de las 96 paginas porque todos las consultas son muy interesantes. Dicho esto te comento este caso: docente colegio privado, 56 años de edad, con 31 años de aportes todos frente al aula desde 12/2103 con licencia sin goce de sueldo (ultimo haber $2380) Presupongo que se jubila porANSES
¿Qué cargo tiene?... es poco sueldo'

y con 10 años de aportes como autono NO cambia mucho aportando a la fecha (ultimo aporte $ 1.600), me pregunta como se compondrá su haber cual sera el importe ... preguntas:se suman los sueldos mas las rentas presuntas de autonomo? cual es la formula para calcular el haber? la misma de la 24241
Cuando se trata de la ley 24241 yo efectuo el calculo uactualizando los coeficientes de actualizacion salaria y posteormente aplico la formula..
haces primero la cuenta de cualquier PBU
.pero en casos docentes como es?
Se calcula el 82 % del último sueldo y si es mayor al cálculo anterior se paga la diferencia como suplemento docente.
desde ya muchas gracias por tu respuesta
 #1047007  por periquita
 
Camarista41 escribió: Es difícil orientar por el foro temas complejos y que hay que tener todo presente y a la vista..[/size].

Si estaba jubilada por ANSES y cobraba la Res. 14/09 NO PODÍA TRABAJAR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA salvo que se haya jubilado parcialmente, con alguna ley que lo permitía?
Hola periquita, gracias, lo que anoté son 44 modulos, me confundí. pequeña diferencia....
El sueldo es mas de 25000$. Ella se jubila en 1992, y según me manifiesta en su momento firmó algo que le permitía acceder a otra jubilación, algo así me explicó, Aun no tengo la documentación en mi poder. ya lo tenés? qué firmó?
Se jubiló como profesora, saludos[/quote]
Insisto en lo que te dije antes, no se puede orientar sin tener TODOS los elementos,

Saludos

Estimada peri, vuelvo a la carga, la señora se jubila en el año 92 con un solo cargo en un colegio de la CABA, por ley 23568. El haber al momento de la jubi era de 721$. Luego tramita 137/05, en el año 2006. Según consta en su recibo jubilatorio, cobra la 14/09. Por otro lado desde el 85 a la fecha trabaja en IPS. Podrías orientarme donde estudiar mas esto? o el tema de la jubilación parcial que me mencionas? Gracias[/quote]

Te sugiero que leas las leyes, sus complementarias y modificatorias.
Pienso que está mal realizada la actualizacion del dto. 137, Si en el 92 cobraba $ 721 ahora tendría que cobrar mucho mas.
Repito que no es fácil resolver lo que conviene en este caso sin todo a la vista y dedicando todo el tiempo necesario para hacer cuentas.
Saludos
 #1047054  por arsileta
 
Hola quisiera saber si se puede pasar los años aportados al anses al ips y si se computan igual o sea 1 años de aporte al anses x un año de aporte al ips. Gracias
 #1047071  por periquita
 
arsileta escribió:Hola quisiera saber si se puede pasar los años aportados al anses al ips
no se pasan pero sí se contabiliazan
y si se computan igual o sea 1 años de aporte al anses x un año de aporte al ips.
Sí, pero te recomiendo leer algo más del tema porque hay varias cosas para considerar.
Gracias
 #1048860  por Hermi
 
periquita escribió:
Hermi escribió:Periquita, vuelvo a molestarte como alguna otra vez...
tengo una señora que trabajó en escuela pública nacional (durante su periodo trabajado aún no se había provincializado (´'71 al '84).
El colegio emitió una certificación sin la complementaria del dec 137/05...en aquel entonces no parecía importar el suplemento docente porque se desprendía un periodo menor a 10 años por tanto se solicitaron como servicios comunes.¿¿?? son más de 10 años.... no se pidió porque no existía, es del 2005
El tema está en ANSES consideró necesaria una verificación, al parecer por probatoria insuficiente ya que la escuela no figuraba en los registros de ANSES. qué raro..... Ya en la escuela desconocieron la firma de la autoridad certificante de aquel entonces.

Ahora bien, la escuela ofreció confeccionar una nueva certi, siendo escuela provincializada, pero por los periodos trabajados NACIONALES, es necesario certificar la firma en algún organismo nacional o provincial? Si es una escuela privada de prov. de Bs. As. hay que llevar el decreto 137 a la DIPREGEP. Tardan 20 días.
Tengo entendido que el código en la Dirección de escuelas no sería necesario por esos periodos. Así es.
Gracias!!!!

Gracias Periquita y disculpá que demoré en ver tu respuesta y agradecerte...creo que es un poco más complicado ahora que vi el expediente:
Se trata de una Escuela Nascional de Comercio J.B La Salle, (Pública, en Ramos Mejía) que se provincializó luego de que la mujer dejara de trabajarSólo se acompañó la certificación de servicios emitida en el año 89.
Anses por error interpretó que se trataba del Colegio La Salle (que es una escuela privada nacional) y fueron a verificar a la Sec. de Estado y cultura en Av. Santa fe 1548 primero y luego al Colegio privado La Salle...nada que ver.
Salvando esta burrada...la pregunta es: la certificación de servicios de la escuela Nacional pública primero, te repito sin periodos trabajados por ella luego de que se provincializara...) requiere algún trámite posterior? es necesario pasar por la Dirección de Escuelas? en ese caso también le tienen que hacer un reco?
Gracias de nuevo!!!
 #1048873  por periquita
 
arsileta escribió:Hola quisiera saber si se puede pasar los años aportados al anses al ips y si se computan igual o sea 1 años de aporte al anses x un año de aporte al ips. Gracias
Se pueden considerar los años aportados previo reconocimiento de servicios.

En principio los años cronológicos aportados valen lo mismo.

Saludos
 #1048877  por camidoc
 
Hola Periquita, antes que nada te felicito por tu gran aporte al foro. Estuve leyendo muchos de los temas que se han planteado y que has resuelto.

Comento mi caso para ver si me podes ayudar: Es una señora que tiene 58 años de edad y que prestó servicios como docente en educación preescolar por 27 años aproximadamente en un mismo establecimiento privado de la Ciudad de Buenos Aires (desde 1978 hasta el año 2006). Por lo tanto se jubila por Anses.
Trabajó más de 10 años al frente de un curso.

Mi preguntas son:
1) ¿Qué documentación necesita para poder empezar el trámite, además del Formulario ANSES nro. PS 6.269 (“Ampliación de Certificación de Servicios y Rem Docentes decreto 137/2005” )?

2)Actualmente está trabajando en el rubro de comercio, ¿puede jubilarse como docente y continuar trabajando como empleada de comercio? ¿Esos años de aportes como empleada de comercio se le toman para la jubilación que quiere tramitar ahora?

Muchas gracias por la ayuda.
saludos,
Camidoc
 #1048936  por periquita
 
Hermi escribió: Gracias Periquita y disculpá que demoré en ver tu respuesta y agradecerte... de nada, ése no es el problema...
creo que es un poco más complicado ahora que vi el expediente:
no me parece más complicado pero espero qué sirva para que
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los que leen entiendan que no se puede consultar sin ver el expediente, porque trabajamos en balde, orientando casos inexistentes, y nuestro tiempo vale...
La verdad es que no me dan ganas de volver a responder cuando lo anterior no sirvió para nada.

Se trata de una Escuela Nascional de Comercio J.B La Salle, (Pública, en Ramos Mejía) que se provinciarelizó luego de que la mujer dejara de trabajarSólo se acompañó la certificación de servicios emitida en el año 89.
Anses por error interpretó que se trataba del Colegio La Salle (que es una escuela privada nacional) y fueron a verificar a la Sec. de Estado y cultura en Av. Santa fe 1548 primero y luego al Colegio privado La Salle...nada que ver.
Salvando esta burrada...la pregunta es: la certificación de servicios de la escuela Nacional pública primero, te repito sin periodos trabajados por ella luego de que se provincializara...) requiere algún trámite posterior?si, andá al Ministerio de Educaciòn en Santa Fe 1548 - 2º p. contrafrente de 9 a 12
es necesario pasar por la Dirección de Escuelas? no
en ese caso también le tienen que hacer un reco? no
Gracias de nuevo!!!
 #1048937  por periquita
 
camidoc escribió:Hola Periquita, antes que nada te felicito por tu gran aporte al foro. gracias
Estuve leyendo muchos de los temas que se han planteado y que has resuelto.

Comento mi caso para ver si me podes ayudar: Es una señora que tiene 58 años de edad y que prestó servicios como docente en educación preescolar por 27 años aproximadamente en un mismo establecimiento privado de la Ciudad de Buenos Aires (desde 1978 hasta el año 2006). Por lo tanto se jubila por Anses.
Trabajó más de 10 años al frente de un curso.

Mi preguntas son:
1) ¿Qué documentación necesita para poder empezar el trámite, además del Formulario ANSES nro. PS 6.269 (“Ampliación de Certificación de Servicios y Rem Docentes decreto 137/2005” )? la certif. de servicios que presentan todos

2)Actualmente está trabajando en el rubro de comercio, ¿puede jubilarse como docente y continuar trabajando como empleada de comercio? en relación de dependencia en principio no, sí como cuenta propista
¿Esos años de aportes como empleada de comercio se le toman para la jubilación que quiere tramitar ahora?
si se consideran, pero seguramente será mayor el 82 % de la jubilación docente
Muchas gracias por la ayuda.
saludos,
Camidoc
 #1049165  por Hermi
 
periquita escribió:
Hermi escribió: Gracias Periquita y disculpá que demoré en ver tu respuesta y agradecerte... de nada, ése no es el problema...
creo que es un poco más complicado ahora que vi el expediente:
no me parece más complicado pero espero qué sirva para que
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los que leen entiendan que no se puede consultar sin ver el expediente, porque trabajamos en balde, orientando casos inexistentes, y nuestro tiempo vale...
La verdad es que no me dan ganas de volver a responder cuando lo anterior no sirvió para nada.

Se trata de una Escuela Nascional de Comercio J.B La Salle, (Pública, en Ramos Mejía) que se provinciarelizó luego de que la mujer dejara de trabajarSólo se acompañó la certificación de servicios emitida en el año 89.
Anses por error interpretó que se trataba del Colegio La Salle (que es una escuela privada nacional) y fueron a verificar a la Sec. de Estado y cultura en Av. Santa fe 1548 primero y luego al Colegio privado La Salle...nada que ver.


Salvando esta burrada...la pregunta es: la certificación de servicios de la escuela Nacional pública primero, te repito sin periodos trabajados por ella luego de que se provincializara...) requiere algún trámite posterior?si, andá al Ministerio de Educaciòn en Santa Fe 1548 - 2º p. contrafrente de 9 a 12
es necesario pasar por la Dirección de Escuelas? no
en ese caso también le tienen que hacer un reco? no
Gracias de nuevo!!!
Nooo por favor! gracias Periquita por responder antes y ahora...el comentario de que el tema era más complicado surgió en forma anecdótica porque vi que se había sumado una complicación adicional "ANSeS había ido a verificar a una escuela privada con el mismo nombre"...Lo que motivó que volviera a escribirte para repreguntarte básicamente fue que me pareció que en la primera consulta no te había quedado claro si la escuela era pública o privada y me respondiste previendo que era privada. Yo solo te había puesto Escuela Nacional creyendo que con eso te bastaba para interpretar que era pùblica. No te saco tiempo aclarando...te agradezco de nuevo y no pierdas tus ganas...nos ayudas muchísimo :roll:
 #1049184  por camidoc
 
periquita escribió:
camidoc escribió:Hola Periquita, antes que nada te felicito por tu gran aporte al foro. gracias
Estuve leyendo muchos de los temas que se han planteado y que has resuelto.

Comento mi caso para ver si me podes ayudar: Es una señora que tiene 58 años de edad y que prestó servicios como docente en educación preescolar por 27 años aproximadamente en un mismo establecimiento privado de la Ciudad de Buenos Aires (desde 1978 hasta el año 2006). Por lo tanto se jubila por Anses.
Trabajó más de 10 años al frente de un curso.

Mi preguntas son:
1) ¿Qué documentación necesita para poder empezar el trámite, además del Formulario ANSES nro. PS 6.269 (“Ampliación de Certificación de Servicios y Rem Docentes decreto 137/2005” )? la certif. de servicios que presentan todos

2)Actualmente está trabajando en el rubro de comercio, ¿puede jubilarse como docente y continuar trabajando como empleada de comercio? en relación de dependencia en principio no, sí como cuenta propista
¿Esos años de aportes como empleada de comercio se le toman para la jubilación que quiere tramitar ahora?
si se consideran, pero seguramente será mayor el 82 % de la jubilación docente
Muchas gracias por la ayuda.
saludos,
Camidoc
Muchas gracias Periquita! clarísimo.
Saludos,
Camidoc
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