hbada escribió:hdaba, vuelvo a insistir con lo mismo DERIVA EL CASO!!!!!!! o anda a un abogado que haga previsional y te de una consulta.... Te faltan muchos conocimientos. No entendiste lo que te dije. No es que NECESARIAMENTE tiene que pedir un reajuste, lo dije como una posibilidad.andrea1982 escribió:Mmmm... no, no es así. Salvo que fuera una caja profesional que se lo permitiese, pero no es el caso.
Ya te dije cual es la solución, no sé que otra respuesta querés. Pero la solución es esa, reconocimiento de servicios, ver en que caja tiene más servicios y agregarle esos años, si resulta que tiene más años en ANSeS se la van a reliquidar el haber teniendo en cuenta dichos servicios. Y si el haber es bajo y el cliente tiene ganas reajuste.
Pero como te digo (yo soy estudiante) veo que la tenés poco clara, lo más sensato (dada la situación particular de esta persona donde ya le hicieron mal el trámite una vez) sería derivar el caso a alguien que conozca mas del tema.
Yo hubiese hecho de entrada otra cosa... pero bueno.
muy claro andrea
ahora esta mas claro debera pedir reajuste en su jubilacion con el certificado de servicios del ips....van todos los anos trabajados en ips o solo los que no trabajo en anses ....porque tiene superposicion de aportes es decir anos trabajados...su cese es 1995 pero de ahi en mas trabajo hasta la fecha en ips son 15 anos mas 10 que si estarina superpuestos.....hay algunos que se eliminan??? y por ultimo que hubieras hecho vos de movida para saber para la proxima si ocurriese un caso asi
gracias
Yo soy estudiante, me parecería sumamente irresponsable de mi parte (que no estoy habilitada para ejercer) decidir que tenés que hacer con tu cliente. Yo te doy MI VISION de las cosas y como estudiante.
Si llegaste a la conclusión de que tiene más años en ANSeS que en IPS lee la 24.241 y fijate como se liquida el haber.
Yo hubiese hecho la jubilación con todos los servicios y listo. Pero es MI opinión y jamás hice una jubilación.
Este es un foro para hacer consultas partiendo de una base, si no conocés las leyes es muy dificil, antes de correr el riesgo de enfrentarte a un juicio de mala praxis, lo mejor sería consultar personalmente o derivar el caso.