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 #641832  por eduferry
 
Catita sin firma de tu cliente no podés hacer nada, coinciden todos en que lo mejor es presentar la renuncia, evitá problemas, pero en el escrito manifestá claramente que fueron reiterados los incumplimientos y que dejaste de tener todo contacto, pidiendo además que se lo intime a constituir nuevo domicilio bajo apercibimiento de quedar constituido en los estrados del juzgado. Corré traslado y si no lo hace pedí se haga efectivo apercibimiento. Suerte
 #641834  por Doncella_de_Orleans
 
Catita_1 escribió:Como les dije, no volvieron a aparecer, y no creo que regresen, entonces solo saco de paralizado y renuncio explicando los motivos, no sera necesario hacerles firmar mientras, un escrito con fecha intermedia entre apelo y fundo, que es lo que nunca hice :roll:

NOO!! si venció el plazo para qué queres un escrito firmado (cómo sería lo de la fecha intermedia???) del que posiblemente te pidan copia (algunos piden copia de todo lo que firman) y después aparezca por ahí y vos no lo presentaste? Si no firmaron cuando tenían que firmar, eso no se firma nunca más.
 #641843  por flux
 
Inclusive si estas con ganas de cobrarte el disgusto de haberte hecho trabajar al pedo, cuando te pidan los papeles porque fulanito va a seguir el caso, ahi les pasas los gastos o "no papeles y punto pelota". Que te intimen por CD a que se los des, que total te defendes con base en que esta todo en juzgado y que las copias hasta el momento en que actuaste las conservas vos por motivos de responsabilidad profesional.
 #641870  por Catita_1
 
Gracias Claudiarf, este año te hice trotar con mis lios *flor*
Flux, gracias tambien, y el tema de los honorarios es lo que menos me importa. Lo que no quiero es tener problemas en un futuro. *abrazo*
 #643992  por Catita_1
 
Entre por mesa virtual y el exp esta a despacho...apelo el acreedor, seguro :roll:
 #644198  por sole10
 
Catita_1 escribió:Entre por mesa virtual y el exp esta a despacho...apelo el acreedor, seguro :roll:
¿Cual acreedor, Catita? ¿No era un daños y perjuicios, el que iniciaste y tus clientes abandonaron?
 #644247  por Catita_1
 
sole10 escribió:
Catita_1 escribió:Entre por mesa virtual y el exp esta a despacho...apelo el acreedor, seguro :roll:
¿Cual acreedor, Catita? ¿No era un daños y perjuicios, el que iniciaste y tus clientes abandonaron?
Tenes razon :lol: :lol: este comentario era de otro post de una sucesion :lol: :lol: ...me retiro ya :?
:lol: :lol: :lol:
 #644250  por doctorina
 
Catita_1 escribió:
sole10 escribió:
Catita_1 escribió:Entre por mesa virtual y el exp esta a despacho...apelo el acreedor, seguro :roll:
¿Cual acreedor, Catita? ¿No era un daños y perjuicios, el que iniciaste y tus clientes abandonaron?
Tenes razon :lol: :lol: este comentario era de otro post de una sucesion :lol: :lol: ...me retiro ya :?
:lol: :lol: :lol:
larga la bebida amiga! :lol: :lol: ....o al menos no te sientes en ese estado frente a la pc. ( lo digo por experiencia kkjjj)
 #646279  por mldc2015
 
TENE CUIDADO CON LA RESPONSABILIDAD CIVIL, SI SE TE VIENE UN PLAZO ENCIMA HACELO POR ART. 48 AUNQUE NO RATIFIQUEN AL MENOS VAS A ESTAR CUBIERTA POR ESE LADO QUE NO FALTASTE A LAS ACTUACIONES QUE TE ERAN POSIBLES, HAY JURISPRUDENCIA QUE TE PERMITE PLANTEAR RECURSOS E INCLUSO FUNDARLOS POR 48, PARA VOS NO TE APARECE EL CLIENTE PERO CUANDO PIERDAN COSTAS Y EL JUICIO TE VAN A CAER A QUERER QUE PAGUES VOS, SIEMPRE CUBRITE, HACE QUE DESCRIBAN LOS HECHOS EXACTOS DE PUÑO Y LETRA CUANDO TE LO DAN AL CASO, LOS PAPELES LOS TENESQUE TENER COMO MINIMO 10 AÑOS SI SE LOS ENTREGAS, LO HACES BAJO CONSTANCIA DE PUÑO Y LETRA QUE SE LA LLEVAN, SI TE QUERES CUBRIR LES HACES FIRMAR A ELLOS MISMOS QUE TE REVOCARON EL PATROCINO, TENES QUE ADVERTIRLES POR ESCRITO Y BAJO FIRMA LAS CONSECUENCIAS DE QUEDAR SIN PATROCINIO, POR CUANTO TIEMPO, ASI COMO TAMBIEN TENES QUE HACERLES SABER LAS CONSECUENCIAS QUE PUEDE APAREJAR CUANDO DESISTEN DE UN PROCESO, SINO ESE QUE FUE UN COLGADO DESPUES TE CAE A HECHAR LA CULPA DE NEGLICENCIA Y MANCHA TU ESFUERZO.
SALU2
DE ULTIMA MANDALES UNA CD. ANTES DE QUE SE TE CAIGA EL PLAZO DE RATIFICACION, SI APARECEN SE LOS COBRAS DESPUES Y SINO APARECEN TE CUBRIS DE RESPONSABILIDAD POR 50 PESOS(ESPERO TE SEA UTIL EN ADELANTE).
AL MENOS ESO CREO YO.
 #648293  por Catita_1
 
Mas que util, te lo agradezco, la verdad que si bien uno sabe de los inconvenientes, nunca cree que te puede pasar. esta bueno toda informacion.
Le envie CD intimandolo a que se presenten en 48 hs. vinieron hoy sorprendidos, cuando recibieron Carta, les dije que la semana prox los llamo.
El jueves presento renuncia en el exp. *leo* y espero que termine este mal momento pronto.
 #648462  por Doncella_de_Orleans
 
Catita_1 escribió:Mas que util, te lo agradezco, la verdad que si bien uno sabe de los inconvenientes, nunca cree que te puede pasar. esta bueno toda informacion.
Le envie CD intimandolo a que se presenten en 48 hs. vinieron hoy sorprendidos, cuando recibieron Carta, les dije que la semana prox los llamo.
El jueves presento renuncia en el exp. *leo* y espero que termine este mal momento pronto.
Como que la semana prox. los llamo!!! Ahi nomás desistìan (si falta un rato para la prescripciòn, eh, ojo).
 #649574  por guillepapi
 
Nunca tomes un asunto sin que los clientes esten dispuestos a firmar un contrato de locacion de servicios en el que incluis el convenio de honorarios. En este caso, demoraste mucho el expte. y si bien no es culpa tuya, ahora vas a tener que dar explicaciones. Si es en Capital, presenta un escrito que impulse el procedimiento y como no te van a firmar, invoca el art.48 de gestor judicial. Con eso vas a impedir que declaren la caducidad de oficio o a pedido de parte. Si es en Pcia., deben intimarte a impulsar bajo apercibimiento de caducidad. Suerte.
 #649670  por marale
 
DrPerrito escribió:CONSEJO DEL DR PERRITO: SIEMPRE PATROCINANTE, NUNCA APODERADO...
GRRRRRRRR
Debo empezar a seguir tus consejos :evil: :evil:
 #650508  por Zol
 
POrfis me surge esta duda sobre el post
¿si fuese apoderado deberia seguir con el expediente aunque no pudiera tener contacto con el cliente?
¿y en todo caso,si el apoderado no tiene contacto con el cliente puede decir que no puede seguir con la causa?
cfg escribió:renunciá al patrocinio, explicá que no podés tener contacto con ellos, por lo que se hace imposible seguir adelante la causa pues no sos apoderada..
 #650511  por Doncella_de_Orleans
 
Zol escribió:POrfis me surge esta duda sobre el post
¿si fuese apoderado deberia seguir con el expediente aunque no pudiera tener contacto con el cliente?
¿y en todo caso,si el apoderado no tiene contacto con el cliente puede decir que no puede seguir con la causa?
cfg escribió:renunciá al patrocinio, explicá que no podés tener contacto con ellos, por lo que se hace imposible seguir adelante la causa pues no sos apoderada..

Puede decir que en virtud de tal o cual cosa, RENUNCIA AL MANDATO CONFERIDO mediante escritura tal, que obra agregada a fs. cual, solicitando se notifique la renuncia y se intime a designar nuevo patrocinio letrado y a constituir nuevo domicilio. PEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEERRRRRRO hasta que eso no ocurra (eso, TODO, notificación y nuevo patrocinio) seguis teniendo la obligación de ejercer el mandato conferido.