molinag escribió:Volviendo al tema que planteo Ariel:
arielruiz86 escribió:Se puede cambiar el PUC anterior al 09/93 atento a la 555 siendo que no voy (o no necesito o no la quiero) utilizar la ley 24476 de la actual moratoria?
.....No entiendo bien Ariel la pregunta, pero supongamos que el señor tiene los 30 aportados a una categ alta, entonces yo te re-repregunto: con que fin o beneficio le cambiarias a una categoria mas baja?
Con el fin del caso que planteó la forista. Tiene mas de 30 años de aportes y no quiere resignar o renunciar algunos meses con deuda por el motivo que fuese (tal vez irrelevante porq no le va a infuir mucho en el haber). Sin cambiar o modificar la categoria le da una liquidacion (sicam 1) con deuda (que podria tranquilamente porsupuesto regularizar con la moratoria vigente, sicam 2, si fuesen periodos anteriores del 09/1993) y ella corroboró que cambiando la categ de autonomo a una mas barata lógra una liquidación de la deuda en cero por lo que no necesitaria usar la moratoria. Entonces se pueden dar casos hipoteticos en que si cambias la categ antes del 09/93 habiendo pagos completos o incompletos de viejas moratorias como la 592 /79 que no estan asignadas o individualizadas a cada mes en particular del periodo reconocido por lo que se van a imputar a deudas mas baratas y primeras en el tiempo, segun Res Gral 643/99 afip, logrando con este "ardid" que se licue (o disminuya) la deuda total y hasta incluso llegar al minimo exigido de 30 de aportes.