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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral

 #63858  por DAL
 
Y en estos días mas todavía!!!!!!!

 #63951  por Sailaw
 
Dal, porque?, estas juntando para las vacaciones?

 #64032  por DAL
 
Ja Ja Ja ja!!!!!!!!!

No!!!!!!!! El calor me pone loca, nada más!!!!
 #64128  por HERNAN3192
 
Disculpen, queria plantear la siguiente situación, para el caso de que no se mando TCL.:

segun entendi existe $500 de sueldo en negro ¿tu cliente firma por el total recibido o solo por la parte en blanco? si solo firma por la parte en blanco y que como considero que pensas probar que le paga $500 en negro,
yo intimeraría por la 24.013 como bien fue sugerido, pero ademas intimaria por 48 horas para que abone $1000 (2 * 500) porque no te abono la sumas en negros los últimos dos mes, bajo apercibimiento de darte por despedido por su exclusiva culpa (depaso no tenes que esperar los treinta diás), como no te va a volver a pagar los $1000, esto constituye suficiente agravio para darte por despedida en el acto.

Disculpen si divago demasiado, me gustaría escuchar opiniones, hasta pronto.

 #64379  por DAL
 
Darse por despedido por no cobrar la parte en negro esta bien solo si luego en juicio prueba que percibía parte del sueldo en negro. De ahí el riesgo de hacerlo por esa vía.
 #64390  por jpkrajacic
 
HERNAN3192 escribió:Disculpen, queria plantear la siguiente situación, para el caso de que no se mando TCL.:

segun entendi existe $500 de sueldo en negro ¿tu cliente firma por el total recibido o solo por la parte en blanco? si solo firma por la parte en blanco y que como considero que pensas probar que le paga $500 en negro,
yo intimeraría por la 24.013 como bien fue sugerido, pero ademas intimaria por 48 horas para que abone $1000 (2 * 500) porque no te abono la sumas en negros los últimos dos mes, bajo apercibimiento de darte por despedido por su exclusiva culpa (depaso no tenes que esperar los treinta diás), como no te va a volver a pagar los $1000, esto constituye suficiente agravio para darte por despedida en el acto.

Disculpen si divago demasiado, me gustaría escuchar opiniones, hasta pronto.
lo probás probando el tiempo de la jornada laboral, recordá que ningún sueldo debe ser menor al mínimo calculado en base 48hs semanales.
 #64799  por law
 
EN QUE HUBIERA CAMBIADO SI EL PATRON SUPIERA QUE SE CAMBIA DE TRABAJO?

EN LA SIGUIENTE SITUACION:

SI POR LAS MISMAS CAUSALES UNO SUSPENDE EL DEBITO Y ENTRA A OTRO TRABAJO DURANTE ESOS 30 DIAS, HAY ALGUN PROBLEMA?... Y SI ES EN OTRO HORARIO? O SI EN EL NUEVO TRABAJO SABEN DE LA SITUACION Y LE PERMITEN TRABAJAR DESPUES DE LA SUPUESTA JORNADA AUNQUE ESTA SEA MUY REDUCIDA?

EJ: SI EN EL PRIMER TRABAJO EL HORARIO ES DE 13:00 21:00. Y EL SEGUNDO ES DE 19:00A 01:00 AM, PERO EN EL 2° TRABAJO LE PERMITEN ENTRAR TARDE DEBIDO A LA SITUACIÓN?

CUAN GRAVE SERIA SI EL PRIMER PATRON SABE DE ESTE SEGUNDO TRABAJO?

 #65100  por DAL
 
Cuando lo anoten con alta temprana se sabrá automaticamente que no retuvo debito ya que no permanecío a disposición. La diferencia de horarios en los dos trabajos te va a servir, pero ojo que con eso peligra el plan de demostrar que trabajaba una jornada mayor a la registrada, ya que se puede entender que los dos trabajos a la vez son la prueba de que la jornada real es la corta y no la larga que vas a alegar.

Todo un tema, no??
 #65996  por law
 
EN LA ALTA TEMPRANA SALE LA JORNADA? EL HORARIO DE TRABAJO? EL SUELDO? LOS DIAS DE TRABAJO?...SALEN TODOS ESTOS DATOS O SOLO LA FECHA DE ALTA

 #66231  por DAL
 
Sale la fecha y la condicion del contrato, con un numero. Son un monton de numeros, entre los cuales tenes contrato por tiempo indeterminado, contrato tiempo determinado, tiempo parcial. Cada uno con un codigo.

Del alta temprana no se saca toda la información. Pero se sabrá que entro en otro trabajo y oficiando a esa empresa se sabra todo el resto.