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  • DEMANDA NO NOTIFICADA puedo presentar contestacion?

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 #733280  por EstefyW
 
Ros escribió:Gracias por responder, pero los cheques estan prescriptos, si pido caducidad, auque proceda, le dan traslado a la otra parte y que puede pasar? me contesta que continua el tramite ? y me pierdo de oponer la excepcion de prescripcion, ademas si le dan la caducidad pueden iniciar nuevo juicio o me equivoco? yla demanda interrumpio. en cambio si los cheques a la interposicion de la demanda estaban prescriptos ya esta, opongo excepcion y listo. Aparte pienso uds me dicen que me fije bien, es verdad ya mefije y no hay notificacion de ningun tipo, y de ultima chicos que puedo perder!!!! si opongo una excepcion que no procede tendremos que pagar las costas que es un poco mas, pero por lo menos hacemos algo pero es quedarse pensando y no hacer nada, y yo la verdad que prefiero correr el riezgo. Gracias muchas a todos!!
Oponé la prescripción y en subsidio contestá la demanda (oponiendo la excepción). Así, si no te dan la prescripción, ya tenés opuesta la excepción. Sencillo.
 #733331  por antihique
 
Ros podrias pedir la caducidad y en subsidio contestar la demanda y alli podes plantear la prescripcion.-
La caducidad seria el primer paso desde el derecho procesal y por si no te prospera plantear la prescripcion.
De la caducidad le daran traslado .Y si planteas las excepcion de prescripcion tambien van a darle traslado de tu contestacion de demanda,aunque no planteases la caducidad.
Por lo que a mi modo de ver seria conveniente comenzar con lo procesal y si no lo ganas continuas con lo de fondo(prescrp)
 #733392  por Ros
 
Chicos les cuento! ayer miro la mev, y aparte de la prescripcion yo iba a oponer la incompetencia, y ayer ( no se si fue que yo anduve pidiendo el expediente) el juez se declaro incompetente, diciendo que no estando trabada la litis, y segun surge de los cartulares, no corresponde entender a este juzgado en el presente, por lo que me declaro incompetente y proceda a remitirse....despues de 10 años justo!!!l . Asique la unica que me queda es plantear la prescripcion.-
 #733628  por Ros
 
Gracias a todos!! lo que no me queda claro, es si pueden intentar el cobro por ordinario. Porque declaran prescriptos los cartulares, y la demanda en estas condiciones interrumpio la prescripcion por el ordinario? o es uno o el otro? quiero decir, si intentas el cobro por via ejecutiva estas renunciando a reclamar por ordinario. me entienden? Muy interesante este post.
 #733650  por cfg
 
Ros escribió:Gracias a todos!! lo que no me queda claro, es si pueden intentar el cobro por ordinario. Porque declaran prescriptos los cartulares, y la demanda en estas condiciones interrumpio la prescripcion por el ordinario? o es uno o el otro? quiero decir, si intentas el cobro por via ejecutiva estas renunciando a reclamar por ordinario. me entienden? Muy interesante este post.
No, pueden intentar el ordinario, pero -para mi- el ejecutivo no interrumpe la prescripción pues al no poder discutir causas las mismas no se están discutiendo y -por lo tanto- la demanda no es sobre la relación subyacente.
 #733652  por cfg
 
Ros escribió:otra cosa si planteo la prescripcion por uno de los demandados la misma si es delarada, beneficia a los otros demandados?
¿cómo es la relación entre los demandados? es decir son todos firmantes? hay firmantes y endosantes?
 #734058  por cfg
 
el ordinario podrían empezarlo pero estaría prescripto una demanda ejecutiva no interrumpe la prescripción del ordinario (según mi forma de ver)
 #734059  por cfg
 
Ros escribió:Yo represento a la endosante, y hay dos demandados mas que son los libradores.-
entonces en ese caso no le beneficiaría pues serían in solidum