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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1430746  por lucky
 
Tendrían que ser las horas certificadas por la ANAC o la Fuerza Aérea, creo.
El libro es "jubilaciones y pensiones" de María Delia Lodi-Fe, pero no dice mucho más de lo que te dije. Hay libros y cursos que lo único que hacen es transcribir las normas, sin ningún valor agregado.
 #1430890  por ROSOL29
 
ROSOL29 escribió: Lun, 21 Mar 2022, 12:06
lucky escribió: Sab, 12 Mar 2022, 20:43 Tiene que pedir la certificación de servicios y remuneraciones a las aerolíneas para las que trabajó. Allí van a constar años, meses y días.
Después un certificado de la "Fuerza Aérea - Comando de regiones aéreas - Dirección de habilitaciones aeronáuticas" donde consta el total de las horas de vuelo antes y después de julio de 1994.
Con esos datos calculás la bonificación (decreto 4257/68, art. 3 inc. a), y Circular de Anses 62/93). La bonificación no puede ser mayor al 50% del total de tiempo computado. Si es mayor, se limita al 50% del total.

Un ejemplo para entender mejor este tipo de jubilaciones (esto te lo copio de un libro que trata el tema):

Período trabajado: 1/1/1985 al 31/12/2004.
Son 20 años.
Horas de vuelo como piloto: 1200.
Para la bonificación se multiplica las horas de vuelo por 360 y se divide por 400.
12000 x 360 / 400 = 10800 días, o sea, 30 años.
Tiempo simple: 20 años
Bonificación: 30 años
Total de tiempo a computar: 50 años
El tiempo a computar - debido a que la bonificación es superior al 50% del total del tiempo a computar es:
Tiempo simple: 20 años de servicios.
Bonificación limitada: 25 años.
Tiempo computado: 45 años.

Otra cosa que me genera duda en este computo es si el tiempo bonificado lo aplico al calculo de prorrateo como tiempo de servicio diferencial.
Por ej, en este caso el cliente tiene 54 años de edad
Tiempo simple = 12+2
Por lo que veo de la hoja de vuelo tiene = 6772 horas piloto / copiloto
Haciéndole el calculo de la bonificación me arroja 16 años + 11 meses
Este resultado se lo sumo a 12+2 y me da el tiempo total de servicios como aeronavegante, o sea que en el prorrateo ya se encontraría a derecho para solicitar el beneficio!
 #1430950  por lucky
 
Si es como el régimen de embarcados, la bonificación cuenta para el prorrateo.
Se debería hacer la "determinación del derecho" con alguno de los programas que hay en el mercado.