vrj escribió:Hola, Andres! mil gracias de nuevo. Justo hoy 14/05 comienza a aplicarse la mediación en pcia. de Bs As, pero...cuando hay menores (como en este caso) se presenta demanda directo porq interviene el Ministerio pupilar...Estuve viendo la competencia y contra EDENOR no habría problema porque tiene domicilio en capital (art 5 cpcc), el tema es el siguiente: Pido mediación privada en capital. Notifico tb a la municipalidad? Se que el estado esta exento de mediación, pero por mas que la municipalidad tenga domicilio en provincia, puedo citarla y en tal caso ponerla como codemandada en la demanda (en capital)?
El tema es que mi cliente quiere arreglar...asi que voy a ver bien el tema de la competencia, sino la que queda es iniciar directo contra edenor...
Despues te cuento, mil gracias por siempre ayudar! Que tengas un hermosos dia!!!
Si alguien sabe como se procede en estos casos... mil gracias desde ya!!!