No estamos fuera de la ley!! Todo lo contrario....
El 02/12/09 fue sancionada la nueva ley de mayoria de edad (Ley 26.579) que entro en vigencia en 31/12/09.
Art. 265 2º parte: "la obligacion de los padres a prestar a alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en el art. 267, se extiende hasta la edad de 21 a, salvo q el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveerselos por si mismo"
Segun la nueva ley... hasta los 18 años no se discute,,, obligacion paterna/materna
De 18 a a 21.. Si el padre no solicita cese... continua. En el caso q padre pida cese debe probar q el hijo no necesita. Si prueba ... cesa cuota. Si la retira per se el hijo debe presentarse con letrado por derecho propio y no puede ser el mismo profesional que lo represento en la minoridad.
De 21 a 25... El hijo debe probar q necesita...aca hay muchos mas escollos...
Por lo general los hijos que reciben cuota del padre luego de los 18 años no pasa por judiciales... los q poseen retencion son los primeros en solicitar cese.. si siguen colaborando con los hijos es por amor y buen trato entre padre e hijo...
Y esto no es Santa fe... Esta Ley es NACIONAL !!!, arts. 265, 267, 268,269,271 y 272.
Es recomendable Claudio Belluscio "Los alimentos debidos a los hijos conforme la nueva legislacion"
Voy a aprovechar estas discrepancias del foro y las llevare a estudio... Estoy haciendo Post Grado de Familia y Sucesiones (Ya tengo el de Familia) veremos que opinan otros colegas santafesinos...
El Dr. Dutto... No se si habras tenido oportunidad de dialogar o conocerlo personalmente. He compartido Charlas, Jornadas y Congresos de Derecho de Familia con el... No estoy de acuerdo en un todo con el ni con nadie, eso es imposible... pero... como en todos lados tiene amigos y enemigos... Si algo te aseguro... SABE MUCHO pero mucho... Cuenta con el respeto de grandes... Aida Kemelmajer de Carlucci (a la cual tambien tengo el agrado de conocer) Belluscio... Adriana Krasnow... Siempre nos encontramos en los distintos puntos del pais donde se realizan jornadas y es toda gente de mucho conocimiento ...
Bueno, respeto tu opinion pero te repito... tiene el respeto de muchos por saber mucho...
Espero que haya quedado claro tema alimentos y cualquier cosa no tengo problemas, ni se me cae el apellido por consultar a quienes sepan mas... Saludos a Todos!!!
La humildad nunca hay q perderla....
El 02/12/09 fue sancionada la nueva ley de mayoria de edad (Ley 26.579) que entro en vigencia en 31/12/09.
Art. 265 2º parte: "la obligacion de los padres a prestar a alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en el art. 267, se extiende hasta la edad de 21 a, salvo q el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveerselos por si mismo"
Segun la nueva ley... hasta los 18 años no se discute,,, obligacion paterna/materna
De 18 a a 21.. Si el padre no solicita cese... continua. En el caso q padre pida cese debe probar q el hijo no necesita. Si prueba ... cesa cuota. Si la retira per se el hijo debe presentarse con letrado por derecho propio y no puede ser el mismo profesional que lo represento en la minoridad.
De 21 a 25... El hijo debe probar q necesita...aca hay muchos mas escollos...
Por lo general los hijos que reciben cuota del padre luego de los 18 años no pasa por judiciales... los q poseen retencion son los primeros en solicitar cese.. si siguen colaborando con los hijos es por amor y buen trato entre padre e hijo...
Y esto no es Santa fe... Esta Ley es NACIONAL !!!, arts. 265, 267, 268,269,271 y 272.
Es recomendable Claudio Belluscio "Los alimentos debidos a los hijos conforme la nueva legislacion"
Voy a aprovechar estas discrepancias del foro y las llevare a estudio... Estoy haciendo Post Grado de Familia y Sucesiones (Ya tengo el de Familia) veremos que opinan otros colegas santafesinos...
El Dr. Dutto... No se si habras tenido oportunidad de dialogar o conocerlo personalmente. He compartido Charlas, Jornadas y Congresos de Derecho de Familia con el... No estoy de acuerdo en un todo con el ni con nadie, eso es imposible... pero... como en todos lados tiene amigos y enemigos... Si algo te aseguro... SABE MUCHO pero mucho... Cuenta con el respeto de grandes... Aida Kemelmajer de Carlucci (a la cual tambien tengo el agrado de conocer) Belluscio... Adriana Krasnow... Siempre nos encontramos en los distintos puntos del pais donde se realizan jornadas y es toda gente de mucho conocimiento ...
Bueno, respeto tu opinion pero te repito... tiene el respeto de muchos por saber mucho...
Espero que haya quedado claro tema alimentos y cualquier cosa no tengo problemas, ni se me cae el apellido por consultar a quienes sepan mas... Saludos a Todos!!!
La humildad nunca hay q perderla....