Antiguedad en la Afiliacion- Tutorial Autor Ariel Franz
Ante la duda de varios colegas, respecto a como se prueba la antiguedaden de la afiliacion en el sistema integrado de jubilaciones, vaya aqui una breve explicacion:
Conforme a la ley 18038 y Libro II de la Ley 24241 la antiguedad en la afiliacion se prueba de la siguiente manera:
Desde el 01/55 al 12/78, una mensualidad abonada dentro del año es igual a 1 año de antiguedad
A partir del 01/79 en adelante, 6 mensualidades abonadas dentro del año es equivalente a 1 año de antiguedad
Ejemplo:
Se afilio en marzo de 1975
1976 =>1 mes = 1 año
1977 => sin aportes
1978 =>1 mes = 1 año
1979 => sin aportes
1980 =>6 meses = 1 año
1981 => sin aportes
1982 =>6 meses = 1 año
1983 =>6 meses = 1 año TOTAL: 5 AÑOS
Por el periodo del 01/55 al 12/78, si no hay 1 mes abonado dentro del año, el mismo no se toma
A partir del 01/79 en adelante, si no se tiene 6 mensualidades pagas dentro del año, se toma solamente las que se abono
Ejemplo:
1979 =>4meses = 4meses
1980 => sin aportes
1981 =>6 meses = 1 año
1982 =>5 meses = 5 meses
1983 =>6 meses = 1 año TOTAL: 2 AÑOS Y 9 MESES
Ademas, si se utiliza la prescripcion liberatoria y dentro de ese periodo tiene meses abonados, se toman solamente para el calculo de la antiguedad en la afilicion.
Ejemplo:
Periodo 01/55 a 12/60 Actividad 401
Prescripcion 01/61 al 12/70
Dentro del periodo prescripto:
1961 =>1 mes = 1 año
1962 =>1 mes = 1 año
1963 =>sin aportes
1964 =>1 mes = 1 año TOTAL: 3 AÑOS
Por otra parte, se debe tener en cuenta:
a)Si aporto, sinhaberse afiliado, los comprobantes de pago se toman para contar la antiguedad
b)Si hace pagos mensuales y luego se afilia, esos aportesse consideran
c)Los aportes deben haberse efectuado dentro del año calendario, sin tener en cuentasi fueron realizados en termino o no.
Por ultimo, conforme el art 38 bis de la ley 24241, a partir del 15/07/1994 la antiguedad en la afiliciacion para la edad avanzada se prueba a partir de la fecha formal de afiliacion, no siendo computable a tales efectos los periodos anteriores a dicho acto...
En el caso de que existan aportes dentro del periodo prescripto o sujeto a la inexigibilidad que establece la ley 24476, debera efectuarse los cortes pertinentes en el sicam, a los efectos de poder computarse los mismos para acreditar la antiguedad en la afiliacion.
Saludos y espero les sirva...
" Dejo Aclarado que es copia de Post escrito por ARIEL FRANZ"