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  • Los Contadores Públicos No pueden ser Mediadores

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 #458430  por DoctorPiccafeces
 
Master escribió:
DoctorPiccafeces escribió: Por lo pronto, yo ya estoy estudiando la carrera de contador público :wink:
"Si no puedes vencerlos, únete a ellos"
:lol:
Esa es mi filosofía, estimado :wink:
 #458450  por DoctorPiccafeces
 
CPNomicronos escribió:
Doctor Piccafeces: sus comentarios ácidos son fácil de escribir cuando no hay quien le conteste, no le parece? Si decidió estudiar la carrera de Contador Público, vaya sabiendo que, por ser abogado, tiene 1/3 de la carrera hecha. Sí, el derecho que vemos abarca aproximadamente un tercio de nuestra currícula. Ya verá al avanzar en las materias que alguito entendemos. Incluso se sorprenderá al estudiar materias de contenido jurídico que no ha visto pasar ni en sus más remotos sueños, como son Contabilidad Pública y Teoría y Técnica Impositiva I y II (sí, 3 materias jurídicas de las que usted aún poco y nada entiende). Y sepa que actualmente ya se cruza con muchos profesionales en Ciencias Económicas en tribunales, que actúan como síndicos concursales, liquidadores de sociedades, peritos, etc. Además, si decidió estudiar la carrera a distancia, obviamente va a ser más sencillo que hacerla en la modalidad presencial, como también la carrera de Derecho es una burla a distancia. De cualquier manera, también le anticipo que un buen Contador Público requiere mucha práctica de distinta índole, cosa que distingue enormemente las dos carreras, ya que los abogados estudian un par de tratados de memoria y con eso es suficiente. Si ud. pretende aprobar con ese método las materias de Contabilidad, Auditoría, Impuestos, Administración Financiera, etc., sepa que va por mal camino.
Contador, he cursado la especialización en concursos y quiebras en una prestigiosa universidad donde lo recibe un retrato de Escrivá de Balaguer con su beatífica sonrisa y le comento que parte de mi volúmen de trabajo pasa por el asesoramiento a síndicos concursales, no solo en cuestiones atinentes a la materia sino en otras relacionadas con su profesión, lo que me da un conocimiento no solo de la disciplina sino también de la mentalidad que impera en la profesión respecto del sistema judicial y del rol de los abogados.

Comprenderá que quince años tratando con contadores -con los que mayormente tengo una relación no solo profesional sino también personal- me da una perspectiva mas o menos certera al respecto.

No me cabe duda que algo que derecho conocen, tanto como un martillero o un corredor de comercio, pero ni remotamente como un abogado y no me cabe duda que la carrera es compleja -como todas las profesiones en realidad.

El que usted crea que un abogado se distingue de un contador porque el abogado "estudia de memoria" da la pauta que realmente no conoce como se ejerce la profesión de abogado, que involucra un razonamiento jurídico que no pasa por tomar un código y ver "en que artículo encaja esto", sino en articular un universo jurídico de normas, leyes, resoluciones del BCRA y otras normas, incluso usos y costumbres y quizá a primera vista ajenas a la cuestión que nos traen a despejar, y con ello crear un marco jurídico sobre determinada cuestión.

Cuando los contadores estén a la par de los abogados y puedan patrocinar justiciables -lo que como he dicho en anteriores posteos, es solo una cuestión de tiempo- se va a dar cuenta de ello.

Por último, las materias de la carrera las aprobaré estudiando, como ha hecho toda la civilización que egresó de un aula universitaria desde que el mundo es mundo.

Un saludo cordial.
 #458697  por poorlaw
 
CPNomicronos escribió:Poorlaw: voy a darle la sencilla razón por la cual los abogados no pueden (en el sentido de ser capaz) ser síndicos concursales: no estudiaron Auditoría. Alguna vez escuchó hablar de la RT Nº 7 de la FACPCE? Sabe que estamos en un proceso de adopción de las NIA? Puede arriesgarse a decirme qué es una prueba de confirmación a ciego? Si no conoce de estas cuestiones, de las cuales en realidad no tiene por qué saber, entenderá por qué la sindicatura concursal está reservada para los contadores públicos. Pretende defender contribuyentes en sede administrativa? Me gustaría saber cómo, si dudo que conozca cuáles son los impuestos que recauda cada organismo fiscal, no hablemos de cómo se liquidan! Los abogados estudiaron procedimiento tributario (en el mejor de los casos), pero no cada impuesto en particular. Quiere saber por qué en los cuestionarios de pericia contable pregunta si los libros son “llevados en legal forma”? La respuesta también es sencilla, porque lo dice el ap. 4º del inc. b) del art. 13 de la ley 20488:
“Art. 13: Se requerirá título de Contador Público o equivalente:
(…)
b) En materia judicial para la producción y firma de dictámenes relacionados con las siguientes cuestiones:
(…)
4.-En las compulsas o peritajes sobre libros, documentos y demás elementos concurrentes a la dilucidación de cuestiones de contabilidad y relacionadas con el comercio en general, sus prácticas, usos y costumbres.”
Al preguntar por qué es necesario que un contador le liquide un despido, aludiendo a los intereses, deja muy en claro que no comprende del todo el asunto. Verá, hay una serie importante de conceptos que podrían incidir en dicha liquidación, no me dirá que simplemente va a tomar el sueldo básico y multiplicarlo por la cantidad de años de antigüedad o fracción mayor de tres meses!!! También hay jurisprudencia implicada, escuchó hablar del fallo “Vizotti c/ AMSA” (CSJN, 14/09/04)? Mire que su falta de aplicación puede costarle caro a su cliente empleador en sede judicial, eh?
En cuanto a las apelaciones ante la justicia en caso de que “todo sale en contra” (sic), le cuento que lamentablemente aún no podemos litigar, ni siquiera en materia fiscal, por eso es que los clientes “acuden” a los abogados… porque no les queda otra!
Así que la administración de justicia no puede ser dibujada? Si se refiere a un estado utópico de la república, coincido completamente, pero hasta que ello se alcance, a las pruebas me remito!!! No voy a ahondar en consideraciones acerca de la justicia argentina, ya que este es un foro de abogados que conocen perfectamente lo que ocurre en el Poder Judicial.
Contador,

La sindicatura no es solo auditoría, si fuera por eso, casi podría ser encargada a un perito mercantil. Los conocimientos de auditoría solo dá una idoneidad técnica, pero no prueba la habilidad jurídica para salvarguardar los derechos de las partes. . Por algo los concursos se desarrollan bajo un procedimiento judicial, y no bajo uno de remate privado.

Defender a un contribuyente sin asesoramiento de una abogado priva a éste a oponer defensas que pueden surgir de cualquier norma de cualquier parte del ordenamiento jurídico, empezando desde la Constitución Nacional y los Tratados internacionales. "Liquidar" impuestos no es lo mismo que "interpretar" una norma tributaria. La relación fisco - contribuyene es jurídica, no simplemente una cuenta corriente tipo "Sistemas de cuentas tributarias" o el "CCMA".

Estoy de acuerdo en que algunos colegas no tienen idea siquiera de los tributos que corresponden a cada judisdicción, pero esa es también mi queja y de cómo nosotros mismos dejamos en otros nuestras incumbencias.

Que un contador tenga que dictaminar si un libro lleva una raspadura... que un libro se lleve en forma correcta o no, no es una "cuestión de contabilidad", es una cuestión jurídica y de sentido común. No es necesario un dictamen para dilucidad la realidad de un libro con enmiendas o tachaduras, debería bastar con hojearlo y verlo por sí mismo y con pedir al juez que haga lo mismo.

¿Usted cree que fue un contador quién fundó el fallo Vizzoti"? ¿Podría un contador, llegado el caso, animarse a solicitar a un Tribunal un cambio de jurisprudencia?

En el fondo, estamos de acuerdo Contador. Usted señala algunas falencias en los abogados, producto mayormente de nuestro desinterés, y es lógico que los Contadores quieran ocupar el espacio que vamos perdiendo.

Saludo atentamente.
 #461921  por Master
 
Agrego ésto sólo a título informativo. Materias jurídicas en el Plan de Estudios vigente en la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA para la carrera de Contador Público :

Obligatorias:
- Instituciones de Derecho Privado
- Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
- Teoría y Técnica Impositivas
- Derecho Económico I y II

Optativas (DOS de las siguientes):
- Derecho Administrativo
- Seguros
- Finanzas Públicas
- Poder Económico y Derechos Humanos
- Sindicaturas

Como ejemplo, el Plan 22 -llamado 'viejo'- de la carrera de Abogacía de la misma Universidad (en la época del plan de 28 materias, reemplazado en 1985):

- Cinco cursos de Derecho Civil (Parte General, Obligaciones, Contratos, Derechos Reales, Familia y Sucesiones).
- Tres de Derecho Comercial (Parte General: Actos comerciales, comerciantes, sociedades comerciales, Seguros, Concursos y Quiebras, Derecho de la Navegación y Aeronáutico).
- Dos de Derecho Penal (Parte General, Parte Especial: delitos en particular).
- Dos de Derecho Laboral (Contrato de trabajo, D.Público laboral, Convenciones Colectivas, Procedimiento Laboral, D.Internacional Laboral).
- Dos de Derecho Procesal (Procedimiento Civil, Procedimiento Penal).
- Dos de Derecho Constitucional (D.Comparado y D.C.Argentino).
- Derecho Agrario y Minero (Régimen Legal de los Recursos Naturales).
- Dos de Derecho Internacional (Público y Privado)
- Economía Política
- Derecho Financiero y Tributario
- Teoría General del Derecho (antes 'Introducción al Derecho').
- Filosofía Jurídica y Social
- Derecho Público Provincial y Municipal
- Sociología Jurídica
- Derecho Administrativo
- Derecho Romano (luego suprimida)
- Derecho Político e Historia Constitucional
- Criminología

He citado de memoria el Plan 22 -creo que no olvidé nada- pero pido que se comparen las 6 materias jurídicas de la carrera de CP con las 28 de Abogacía. En especial y como ejemplo, entre otros, el D.Civil, que en Derecho lleva cinco materias y en CC.EE. una.
¿Qué opinan?

En lo que se refiere a 'incumbencias invadidas' creo que se exagera. La liquidación de impuestos es tema de CP, salvo en lo contencioso tributario y penal tributario, donde se discuten otros temas, ajenos a su capacitación.
Lo mismo en la verificación de créditos en Concursos (recibir el pedido, auditarlo con los libros y estados contables de la concursada, aconsejar o no la verificación, redactar los informes), tema propio de los CP. No así el resto del proceso concursal, donde tengo mis reparos. Se trata de procedimiento concursal.
Para constituir una sociedad 'standard' (contrato o estatuto tipo) no hace falta conocer más que la tramitación. Pero ¿un 'joint venture?

Dejo aquí, por ahora. Me voy a caminar y a tomar un poco de aire.
 #466541  por Bohemio
 
Disculpen que me meta... Soy contador...
Me parece penoso que abogados y contadores (me refiero a nosotros como profesionales y no como corporativos) nos peleemos entre nosotros.
Es conecuencia de la sociedad en que estamos inmersos.
Seamos nosotros los que cambiemos el rumbo de este país, solo sumando codo a codo podremos pensar una gran Nación, no solo entre contadores y abogados, sino entre todos los argentinos.
Hay incumbencias que son de abogados y otras que son de contadores. Lo sabemos nosotros y no nos metamos en el juego de las corporaciones (lease coelgios y consejos) que lo único que piensan es como hacer "caja" para llenar sus bolsillos.
Yo trabajo con dos abogados y crease o no, nos complementamos muy bien.
Porque no prueban ustedes? Y verán que es mucho mas provechoso...

Otro si digo...
Este post lo encontré porque justamente estoy buscando temas sobre contadores mediadores. Mas que nada para resolver cuando hay en disputa aspectos patrimoniales, como distribución de resultados, valores de acciones, impugnaciones de balances y temas similares que hacen a nuestra profesión.
Que les quede claro... no está en mi interés resolver una tenencia de hijos, o cuestiones laborales por ejemplo, (Es verdad que un contador puede hacer eso???). A mi me parece una barbaridad.
Como tambien me parece una barbaridad que un abogado medidador resuelva una disputa patrimonial.

En fin... seguiré buscando sobre este tema que hasta ahora no encontré nada concreto. Solo la mediación obligatoria en C.F. y de competencia exclusiva para abogados.

Saludos y sigamos adelante.
 #467290  por Hlws
 
Yo lo que veo es que hay batante resentimiento de parte de algunos, todos critican al abogado, pero en definitiva todos quieren ejercer y arrogarse sus funciones, envian telegramas laborales y van "tanteando" hasta donde pueden llegar para tener unos pesitos extra. A mi la verdad me parece perfecto, dejemos que hagan lo que se les antoja ya que si perjudican al cliente (porque no conocesn de leyes laborales ni multas y hasta reconocen relaciones en negro) despues tenemos otro juicio mas grande aun que el originario para hacerles :mrgreen: , dudo que a los jueces les guste que un contador ande ejerciendo como abogado :wink: , despues vendra la regulacion de honorarios y a embargar :D

Y el Poder Judicial es un fiel reflejo de esta sociedad, donde la capacidad de nada sirve sino el amiguismo, asi es lo que luego pasa, alguien que despacha un escrito que no tiene la mas remota idea de lo que lee, provee cualquier cosa, y si vemos su formacion academica, a duras penas termino el colegio secundario, haciendo que todo se relentice ya que ante una macana que se manda algun empleado encima nosotros tenemos que presentar otro escrito mas para que subsanen el error, perdiendose tiempo que es lo unico que no se recupera.

Asi que calmemos las aguas, asi como ellos piensan que todas las personas que habitan el suelo argentino pueden ejercer, tambien hay severas sanciones para quienes se dedican a trabajar como abogados sin serlo.
 #468725  por lawman2005
 
Mi opiniòn puede ser tomada como "off topic", pero gracias a dios, por que mi padre es contador y mi madre es abogada, ya de naturaleza, he crecido viendo que ambos pueden trabajar conjuntamente. A medida que fui creciendo, he ido tomando contacto con otros profesionales de otras ramas y es el día de hoy, que creo plenamente en que es necesario abrirse a la colaboración multidisciplinaria. Hoy tengo un postgrado en asesoramiento concursal y una maestría en insolvencia empresaria, por lo que más aún, para poder actuar, por ejemplo, en un concurso preventivo o intervenir en la reestructuración de una empresa, no solo se necesita de un abogado, sino de un contador, de un administrador de empresas y de un técnico o más según la empresa que se trate. A donde quiero ir? No existe la profesión que nuclee todos los saberes, por eso debemos trabajar conjuntamente con los distintos profesionales que se dedican a ellos. En referencia a si el contador puede mediar o no, la verdad, no lo se, he visto contadores que han negociado relaciones societarias y he visto abogados que también son brillantes en ello, pero si yo tengo que negociar sobre algún tema que por mi incumbencia, me supera, consulto con alguien que sepa del tema.

Saludos a todos, sean de la profesión que sean.
 #468883  por Hlws
 
Hay que aplicar en estos casos el dicho "Zapatero a sus zapatos". Una cosa es trabajar en conjuntos con varias profesiones, que no lo veo mal, el tema es cuando quienes se creen que por tener una profesion pueden entrometerse en el trabajo ajeno sin estar habilitado para ello ya es otro cantar.
 #469014  por inviguiatti
 
Que sale de un papa contador y una mama abogada????
Un Hijo con..
lawman2005 escribió:... un postgrado en asesoramiento concursal y una maestría en insolvencia empresaria.
:mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
no se lo tome a mal lawman,
saludos
 #469850  por pidono
 
JAJAJA MEDIADORES SI DESPUES VAN A QUERER SER JUECES DE LA CORTE. Queridos colegas abogados somos testigos de la destruccion por inutilidad de una carrera: la de contador. A nadie le interesa lo que el contador hace, en la argentina, por lo que no son mas que meros liquidadores de sueldos y armadores de ddjj. Frente a esta caida y destruccion de su profesion los pobres salen desesperados a sacarnos el trabajo y lo unico que terminan haciendo es meter en problemas terribles a los clientes porque no tienen ni idea de lo que asesoran. Hay contadores que asesoran armar sociedades de hecho a sus clientes porque el impacto fiscal es menor mientras que, como es obvio, a la larga pierden todo porque los juicios laborales y demas les caen a titulo personal, algo que se hubiera sencillamente pasando un rato por la IGJ e inscribiendo una S.A. A eso tenemos que sumar que han intentado, y por suerte fracasado, abordar ramas como el derecho tributaria con lirbos horribles que son dia a dia reemplazados por los tratados actualizados de Fonrouge y libros como el de la Dra Garcia Vizcaino es decir verdaderas obras de derecho y no la horripilancia que escriben los contadores. Por suerte a mas se queman los clientes con los contadores, a los cuales recurren porque es mas barato ya que el pobre tipo hace la ddjj de afip rentas y de paso que solucione los problemas juridicos no, mas vuelven a los brazos de los abogados con la unica desgracia de que el caso llega prendido fuego. Esperemos que eventualemente el empresariado argentino progrese y entienda la trascendencia de la contabilidad en la empresa y valore la informacion precisa que brinda un buen contador, en materia contable no penal ni juridica en general o en astrofisica y ni siquiera en economia ya que no son economistas, y deje de relegar a los contadores a una labor de meros liquidadores de sueldos y presentadores de ddjj lo cual es solo una faceta de la contabilidad y, segun me cuentan muchos contadores amigos, de las menos interesantes ya que segun indican no se compara a armar un balance un estado de flujo de fondos y demas cosas afines. Un saludo y espero respuestas
 #469858  por pidono
 
CPNomicronos te comento que muchas sindicaturas me piden asesoria juridica ya que aceptan que sus conocimientos de derecho son por lejos inferiores a los mios. Por otro lado la carrera dista de ser una lectura de cuatro tratados. Piense que si existen tantos estudios juridicos y los empresarios le pagan tanto a esos abogados es por algo. Ese algo es que este no es dos por dos es cuatro sino que muchas veces dos por dos es cinco en el derecho. Principalmente con el constitucionalismo moderno la profesion se volvio muy compleja ya que todo lo que dice la ley es susceptible de declararse inconstitucional y todo derecho no reconocido por la ley esta tacitamente incluido en la constitucion (ver siri y kot aunque seguro como contador no sabe de que hablo) por lo cual lo que hoy se lee en un libro en un segundo cambia. Saludos y por favor dediquense a lo que saben, esto es, balances, flujo de fondos, estado de resultados y por favor no hablen de derecho tributario porque la gente termina pagando de mas, no hagan administrativo porque el estado sanciona a sus clientes, no hagan societario porque termina en un pleito de socios, no hagan concursos porque termina en quiebra y POR FAVOR NO HAGAN DERECHO PENAL NUNCA PORQUE VA TODO EL MUNDO PRESO AJJAAJAJAJA. SALUDOS
 #469860  por pidono
 
hlws te comento algo y juro que dejo de comentar en este post por un rato pero es muy interesante el tema. Yo me dedico a asesorar en materia tributaria, concursal y societaria. Con eso tengo bastante lio y cuando hay un tema laboral hago interconsulta con un abogado que lleva la parte laboral a mis clientes porque, no tengo problema en decirlo, laboral no es lo mio y como no quiero hacer desastre lo consulto a este pibe y listo. Ahora si yo hago eso siendo abogado me pregunto como los contadores se animan a asesorar ellos algo que ni siquiera remotamente saben. Es como decis terminan haciendo desastre. En lo personal cuando los clientes llegan despues de la "asesoria" del contador ya no puedo hacer nada porque prendieron fuego todo. Un saludo
 #482948  por viko
 
con una ex novia y un hermano contador, debo decir un par de cositas, apreciaciones que fui realizando con los años:
el contador tiene muchos conocimientos MUY solidos en areas que varios abogados trastabillan. Por ejemplo concursos, quiebras, tributario (obvio) comercial, bancario. Cuando ven que en materias juridicas saben mas que nosotros; y que en otras areas - familia, civil , etc- no buscamos la solidez que ellos buscan, nos pierden el respeto.-
sus solidos conocimientos los hacen CERRADOS. a pesar de una constante actualizacion, incluso mayor y mejor que la de cualquier abogado, son muy duros para flexibilizar los grandes paradigmas aprendidos. En particular, tienen un muy alto sentido de la autoridad legal: todo lo que escriben los y legislan los funcionario publicos, para ellos es palabra santa.-
tienen un sincero "encanto por la mini-norma" a un punto que no podriamos entender o soportar los abogados. resoluciones generales, acordadas, decretitos, anotaciones al margen, circulares bancarias, etc todo para ellos es igual de obligatorio, y las conocen a todas (como dije, actualizados y solidos) cual si fuera la constitucion nacional.
son menos criticos de la ley. Por ello la aceptan como viene. la conocen mucho, la aplican mucho, y hacen todo lo que les dice. Por eso creen que somos chicaneros, los abogados somos criticos de la ley por naturaleza; lo llevamos en la sangre
 #482988  por poorlaw
 
viko escribió:con una ex novia y un hermano contador, debo decir un par de cositas, apreciaciones que fui realizando con los años:
el contador tiene muchos conocimientos MUY solidos en areas que varios abogados trastabillan. Por ejemplo concursos, quiebras, tributario (obvio) comercial, bancario. Cuando ven que en materias juridicas saben mas que nosotros; y que en otras areas - familia, civil , etc- no buscamos la solidez que ellos buscan, nos pierden el respeto.-
sus solidos conocimientos los hacen CERRADOS. a pesar de una constante actualizacion, incluso mayor y mejor que la de cualquier abogado, son muy duros para flexibilizar los grandes paradigmas aprendidos. En particular, tienen un muy alto sentido de la autoridad legal: todo lo que escriben los y legislan los funcionario publicos, para ellos es palabra santa.-
tienen un sincero "encanto por la mini-norma" a un punto que no podriamos entender o soportar los abogados. resoluciones generales, acordadas, decretitos, anotaciones al margen, circulares bancarias, etc todo para ellos es igual de obligatorio, y las conocen a todas (como dije, actualizados y solidos) cual si fuera la constitucion nacional.
son menos criticos de la ley. Por ello la aceptan como viene. la conocen mucho, la aplican mucho, y hacen todo lo que les dice. Por eso creen que somos chicaneros, los abogados somos criticos de la ley por naturaleza; lo llevamos en la sangre
Interesante apreciación :)

Me gustó eso del "encanto por la mini-norma", sumo la lista: notas externas, disposiciones normativas, comunicaciones, memorandums... :lol:

Estoy a la espera de la continuación... 8)
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