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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1041773  por ccolalongo
 
En Provincia al Ministerio puede ir el trabajador sin necesidad de intimar y que ellos mismos se ocupen de citar sin ninguna intimación previa.
 #1042751  por dramereu
 
es en capital, los voy a citar al seclo. GRACIAS COLEGAS
Les comento cómo me va.