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  • NECESITO JURISPRUDENCIA NULIDAD INSCRIPCION REGISTRAL

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 #1074194  por legalescom
 
Por todo lo expuesto, hasta el presente, el Registro de la Propiedad, sería ajeno a cualquier acción de nulidad o rectificación. Entendería que, el heredero defraudado, tendría que promover un incidente, dentro del sucesorio, para colacionar el bien birlado, compensando con otros bienes, si los hubiera, la parte afectada. Si no fuer el caso, deberá perseguir al tercer comprador, a toda luces de mala fe, para cobrarse su parte.