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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1110280  por Leii
 
rocio63 escribió:como estan, mi duda es respecto a como armar en el convenio lo relacionado a la responsabilidad parental... la idea es que el menor quede con la madre como seria la forma correcta de plasmar en el convenio lo que seria la tenencia y el regimen de visitas en el nuevo codigo civil. Y otra duda respecto a los alimentos para el menor se puede seguir pidiendo un porcentaje del sueldo verdad,? hay que acreditar los gastos del menor o no es necesario?
hola rocio,yo hice un modelo del nuevo Plan, mandame un msj y te lo reenvio. en principio hay que distinguir responsabilidad parental de cuidado personal, resposabilidad parental es patria potestad y cuidado personal es tenencia, seria correcto establecer la responsabilidad parental para ambos padres y el cuidado personal a cargo de quien vaya a vivir con el menor. respecto a los alimentos, entiendo que sigue igual. No lo publico porque tiene todos los datos de los clientes. slds
 #1110494  por Alejandrojp
 
Muy interesantes los aportes de todos.

Otra cuestión que me pregunto:
Si la audiencia parecería estar destinada al intento de conciliar a las partes sobre la regulación de los efectos del divorcio, ¿podría solicitarse que se exima, en forma análoga a como se pedía respecto del art. 214 CC, cuando no hay bienes ni menores, ni ningún otro efecto para regular?
El código no lo prevé, pero no veo por qué no (por lo menos) pedirlo. ¿qué opinan?

Y respecto de los bienes, por ej. también me inquieta la posibilidad de regularlo extrajudicialmente. Las partes parecen tener libertad (aunque suene obvio) para no acordar en el marco propuesto. Luego, nadie les quita la posibilidad de acordar como prefieran.
Acaso las partes deberían simular un desacuerdo para recién luego de frustrada esta instancia acordar extrajudicialmente? Si pueden hacer eso, por qué no justificar que se limiten a plantear que acuerdan resolverlo de modo extrajudicial, como se propuso más arriba? Por qué estar obligados a hacerlo judicialmente?
En similar sentido, si las partes acordaran mantener un estado de indivisión, mientras tanto, hasta que decidan algo mejor, y lo manifestaran en el expediente, deberían por ej. pagar tasa sobre todos sus bienes gananciales, por no resolver nada de modo definitivo?
Otra cuestión que me preocupa: si los cónyuges no denunciaran ciertos bienes, por las razones que fueran, y luego hubiera un desacuerdo al respecto, podría atribuirse a esa omisión algún valor?
 #1110495  por Alejandrojp
 
Muy interesantes los aportes de todos.

Otra cuestión que me pregunto:
Si la audiencia parecería estar destinada al intento de conciliar a las partes sobre la regulación de los efectos del divorcio, ¿podría solicitarse que se exima, en forma análoga a como se pedía respecto del art. 214 CC, cuando no hay bienes ni menores, ni ningún otro efecto para regular?
El código no lo prevé, pero no veo por qué no (por lo menos) pedirlo. ¿qué opinan?

Y respecto de los bienes, por ej. también me inquieta la posibilidad de regularlo extrajudicialmente. Las partes parecen tener libertad (aunque suene obvio) para no acordar en el marco propuesto. Luego, nadie les quita la posibilidad de acordar como prefieran.
Acaso las partes deberían simular un desacuerdo para recién luego de frustrada esta instancia acordar extrajudicialmente? Si pueden hacer eso, por qué no justificar que se limiten a plantear que acuerdan resolverlo de modo extrajudicial, como se propuso más arriba? Por qué estar obligados a hacerlo judicialmente?
En similar sentido, si las partes acordaran mantener un estado de indivisión, mientras tanto, hasta que decidan algo mejor, y lo manifestaran en el expediente, deberían por ej. pagar tasa sobre todos sus bienes gananciales, por no resolver nada de modo definitivo?
Otra cuestión que me preocupa: si los cónyuges no denunciaran ciertos bienes, por las razones que fueran, y luego hubiera un desacuerdo al respecto, podría atribuirse a esa omisión algún valor?
 #1110501  por rocio63
 
leii te envie mensaje privado. Por lo que entiendo, si no ha bienes, ni hijos, etce se debe manifestar en la porpuesta y en eso caso no se fijaria audiencia, simplemente se resuelve el divorcio.
saludos
 #1110599  por doctogonzalez
 
Buenas Tardes , muchas gracias por los modelos son muy útiles .- Les hago una consulta al respecto , también tengo un caso de divorcio y el único bien mi cliente lo cede a su esposa , y un hijo menor de 17 años y 7 meses próximo a cumplir la mayoría de edad el cual ya convive en pareja .
Mi consulta es la siguiente en la presentacion con respecto a los alimentos consideran uds incluir una disminución o cese de cuota alimentaria o tramitarla por separado ( digo por la proximidad a cumplir este la mayoria de edad y que ya no vive con la madre .
gracias por su tiempo
 #1110664  por rocio63
 
leii te envie mi mail por privado, pero no se si se envio bien el mesanje privado por aqui, por favor avisame si te llego gracias
 #1110701  por rocio63
 
consulto lo siguiente, que les parece si los conyuges viven juntos y la sra se quiere divorciar.... momento en que le llegue la notificacion al Sr., imagino que se pondra muy tensa la situacion ... que podria plantearse en estos casos?? se podria solicitar la inmediata exclusion del sr y atribucion a la sra del hogar solicitandolo en el misma propuesta o seria una cuestion independiente
 #1110901  por Leii
 
doctogonzalez escribió:Buenas Tardes , muchas gracias por los modelos son muy útiles .- Les hago una consulta al respecto , también tengo un caso de divorcio y el único bien mi cliente lo cede a su esposa , y un hijo menor de 17 años y 7 meses próximo a cumplir la mayoría de edad el cual ya convive en pareja .
Mi consulta es la siguiente en la presentacion con respecto a los alimentos consideran uds incluir una disminución o cese de cuota alimentaria o tramitarla por separado ( digo por la proximidad a cumplir este la mayoria de edad y que ya no vive con la madre .
gracias por su tiempo
hola doc, para mi seria viable tramitarla en el mismo expte de alimentos que se inicio como incidente. Tenga en cuenta que los alimentos son debidos hasta los 21 años. saludos.
 #1111201  por FERNANDODERECHO
 
ESTIMADOS

DEBO HACER UN NUEVO DIVORCIO EN DONDE TENGO A MI CLIENTA QUE SE SEPARA A LOS DOS MESES POR ENGAÑO DEL MARIDO, OBVIO QUE CON ESTE NUEVO CODIGO NO EXISTE LA CAUSAL DE INJURIA, MI PREGUNTA ES EN BASE AL NUEVO MODELO QUE SE SUBIO PUEDO EVITAR EL PUNTO COMPENSACIÓN ECONÓMICA ????? NO CREO QUE DEBA PAGARLE AL MARIDO POR SEPARARSE

LA PUEDO PEDIR EN UN EXPTE PARALELO POR DAÑO MORAL Y PSICOLOGICO CONTRA EL


ESPERO SU RESPUESTA MUCHAS GRACIAS
 #1111236  por doctogonzalez
 
Hola si gracias yo también creo lo mismo y las voy a tramitar en forma conjunta , gracias por su respuesta , si los alimentos son debidos hasta los 21 como dice ud. colega , pero también al cumplir 18 y demostrar que se puede abastecer por si mismo y que hace su vida se puede solicitar el cese de alimentos y esperaremos unos meses hasta pedirlo , ud que opina al respecto , saludos y gracias



hola doc, para mi seria viable tramitarla en el mismo expte de alimentos que se inicio como incidente. Tenga en cuenta que los alimentos son debidos hasta los 21 años. saludos.[/quote]
 #1111292  por PAUDOMINGUEZ
 
Hola les consulto en cuanto a la propuesta de convenio si todo lo que hace a la responsabilidad parental, cuidado personal ya fue resuelto en un acuerdo homologado en otro expediente se puede hacer mención de esto y pedir se tenga ad effectum videndi et probando dicho expediente?
En cuanto a la compensación económica si están separados hace tiempo y la cónyuge vive en pareja corresponde plantearlo? Qué pasa si no se hace mención de una compensación económica en la demanda?
Gracias.
 #1111362  por PauCA
 
Estimados:
veo que somos varios los que estamos un poco desorientados. Mi consulta es respecto de la COMPENSACIÓN ECONÓMICA. El caso es el siguiente: separados de hecho hace 3 años, ambos trabajan, no tienen bienes en común, la cónyuge tiene vivienda propia mientras que nuestro consultante alquila. Conviene mencionar este punto en la propuesta o esperamos contestación de demanda de la conyuge? Saludos y muchas gracias
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