Bruna: Habiendo leído tu primera consulta te paso mi punto de vista.
Es evidente que tu cliente no va a trabajar más ahí; de hecho, desconoce el empleador. Lo que yo haría es:
- Comprar informe de domicilio a la IGJ en el TAD (vale 8 módulos = $4120, son dos mangos) https://tramitesadistancia.gob.ar/trami ... ad-publico
- A ese domicilio social intimar por registración ley 24013, 25323, etc.
- Es altamente probable que el TCL vuelva rechazado por domicilio inexistente: volver a intimar por registración y ahora por dación de tareas en los términos de principios de buena fe (art. 63 LCT y continuidad del vínculo), etc.
- Tres testigos
- Hacer efectivo el apercibimiento de considerarse en situación de despido indirecto (ahora tenés dos motivos: parte del sueldo en negro -ponele- y negativa de tareas). También podés pedir un informe a la IGJ para que informe
- Pedir Seclo.
- Meter demanda y PEDIR REBELDÍA!!!! porque sabés que no te van a contestar (se entiende, no?)
- Apurate, porque si sale el nuevo DNU que deroga 24013 y 25323 tu cliente se queda colgado del pincel.
No sé qué opinarán los demás colegas. Saludos.
Es evidente que tu cliente no va a trabajar más ahí; de hecho, desconoce el empleador. Lo que yo haría es:
- Comprar informe de domicilio a la IGJ en el TAD (vale 8 módulos = $4120, son dos mangos) https://tramitesadistancia.gob.ar/trami ... ad-publico
- A ese domicilio social intimar por registración ley 24013, 25323, etc.
- Es altamente probable que el TCL vuelva rechazado por domicilio inexistente: volver a intimar por registración y ahora por dación de tareas en los términos de principios de buena fe (art. 63 LCT y continuidad del vínculo), etc.
- Tres testigos
- Hacer efectivo el apercibimiento de considerarse en situación de despido indirecto (ahora tenés dos motivos: parte del sueldo en negro -ponele- y negativa de tareas). También podés pedir un informe a la IGJ para que informe
- Pedir Seclo.
- Meter demanda y PEDIR REBELDÍA!!!! porque sabés que no te van a contestar (se entiende, no?)
- Apurate, porque si sale el nuevo DNU que deroga 24013 y 25323 tu cliente se queda colgado del pincel.
No sé qué opinarán los demás colegas. Saludos.
Adrián Dessomanzi
Estudio Dessomanzi|Abogados
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