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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1482185  por lucky
 
Los nuevos períodos de AUT o MT hay que declararlos en la situación de revista para liquidar de nuevo.
Después, si querés renunciarlos porque tienen deuda es otro tema.
La única forma de evitar liquidar de nuevo es no tener servicios posteriores a la cancelación del primer plan.