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 #246524  por andrea1982
 
Cocincido con Natalia, es sobreseimiento por extinción de la acción.
 #246649  por Moniluj
 
Cuando el procesado cumplió la probation, el Patronato de liberados debe acercar al JEP la constancia de esto; a veces no lo hace, entonces empiezan a pasarse la pelota entre el JEP y el Patronato. En rigor el Patronato debería enviar estos informes una vez al mes, periódicamente al menos, pero en la mayoría de los casos sólo remiten el informe final, cuando el JEP lo recibe, envía cédula que informa de la conclusión de la probation y te archiva el expte q luego no quieren sacar para q corrobores la situación. El escrito solicitando el certificado de sobreseimiento se pide ante el Tribunal que dispuso la probation.
Cuando se producen estas interferencias de comunicación, lo mejor es solicitar en el Patronato fotocopia del libro de pases (como los de los juzgados) donde consta q en tal fecha remitieron informes, si el procesado concurre a firmar no habría problemas con esto.
Otras veces la gente no va a cumplir las tareas, entonces el JEP intima a que el procesado aclare la situación. En esos casos hay q acompañarlos al Patronato (al menos hablar con alguien que lleve su cuestión) que firme, que aporte los comprobantes de cumplimiento y luego acompañarlo a llevar todo eso al JEP.
 #246658  por ActiveXPRO
 
Totalmente de acuerdo con Moniluj, es exactamente así, pero con dos salvedades en mi jurisdicción (Mercedes) y de acuerdo a los casos que yo llevé.
1) En las causas llevadas por ante Correccionales, no sé por qué, ni me pregunten, pero la ejecución la siguen llevando en el mismo. O sea, no están pasando al JEP (?¿).
2) No dictan el sobreseimiento y aplican la disposición del art. 76 ter, que ya transcribí. Coincido con Natalia en el sobreseimiento, pero "turquinha" menciona que en ese juzgado también le dicen: "que no se pide el sobreseimiento", y yo creí y creo, que tiene que ver con eso, deben actuar igual que aquí y remiten al Reg. el oficio (formulario) haciendo constar la extinción de la acción. Con eso el Reg. da la baja, y finish.
 #246665  por Moniluj
 
Hola, te aclaro la primer salvedad: en pcia no hay Juzgados de Ejecución (sólo en Capital, por el momento), sino que el mismo tribunal q dictó la sentencia (o probation en el caso) controla la ejecución de la misma, por eso queda todo ahí, sea correccional o criminal.
En lo segundo para mí debe dictarse sobreseimiento, pero es como siempre, cada juzgado con su librito, digamos que lo q prima es la "realidad". Saludos.
 #246667  por Turquinha
 
al menos en capital deberia modificarse en algunos casos.

mi cliente tiene una probation por un accidente de transito. el JEP no existio para nada mas q hacernos perder tiempo :evil:
 #246669  por Moniluj
 
Les cuento una de certificado de sto: consigo que el Patronato remita el JEP el informe final, entonces el JEP archiva y me manda al juzgado (a pasear, bah!), voy al juzgado y me mandan al JEP, por las dudas pedí la solicitud de sto a a ambos, alguno lo iba a proveer. Finalmente llega cédula para que pase a buscar el certificado de sto en el juzgado, pero la cédula salió del JEP. LLamo al procesado porque tb debía ir él a buscar sus pertenencias, lo cito en la puerta del jdo.
No va, cuando leo la fecha de la cédula que con todo el ir y venir se me pasó, estaba vencida y el tipo q no llegaba y yo q tenía que llevar el certificado de sto sí o sí a mi jefa.
Entro sola, espero que se despeje de gente (eran como la 1.35 ya...) y pido hablar con alguien, le digo: "Necesito el certif de sto. de..., estimo que el plazo de la cédula es ordenatorio no perentorio, da lo mismo que lo busque hoy o dentro de 3 días." Me mira , piensa, va adentro. Insisto "si no lo llevo...". Se fue un rato, se ve q habló con alguien y me dio el certificado a contrafirma de haberlo recibido y previa vista de que estaba autorizada.
Otra: Del patronato no enviaban los informes, voy con la persona confirmo que cumplía, vuelvo al JEP, insisten que no tienen nada. Pido copia del pase al patronato, con esa copia voy de nuevo al JEP y oh! sorpresa apareció el expte que estaba escondido
 #246685  por ActiveXPRO
 
Moniluj escribió:Hola, te aclaro la primer salvedad: en pcia no hay Juzgados de Ejecución (sólo en Capital, por el momento), sino que el mismo tribunal q dictó la sentencia (o probation en el caso) controla la ejecución de la misma, por eso queda todo ahí, sea correccional o criminal.
En lo segundo para mí debe dictarse sobreseimiento, pero es como siempre, cada juzgado con su librito, digamos que lo q prima es la "realidad". Saludos.
Mire que aquí hay JEP.
 #246690  por ActiveXPRO
 
Vea Moniluj, aquí le paso la nómina de los JEP Mercedes:

JUZGADO DE EJECUCION Nº 1: Con competencia en Mercedes y San Martín.-(inicio 12/9/05)
25 nº 648 439378/439365
439396/439397
439310/439349
Juez Dra. MARCELA ALEJANDRA OTERMIN
Secretario Dra. LUCIA GIRARD
Auxiliar Letrado Dra. LUJAN DE LOS ANGELES ARBIZU
Auxiliar Letrado Dra. MARIA DE LOS ANGELES REGALIA


JUZGADO DE EJECUCION Nº 2: Con competencia en Mercedes y San Martín (inicio 27/10/08)
25 nº 882

Juez Dr. RICARDO FABIO OLIVERA BUSCARINI
 #246721  por Moniluj
 
Muchas gracias por el dato, lo voy a guardar. Estaba atrasada con la info, pero es muy bueno saberlo, ya que apenas tenga lista mi oficina mi jurisdicción será Mercedes, ya que soy de pcia. de BA, aunque trabajé en Capital.
 #246816  por ActiveXPRO
 
Bueno moniluj, vea, sinceramente no sé qué decirle ¿está Ud. segura de litigar en Mercedes?, ¿sabe Ud. que los "criterios" jurídicos aquí son muy "especiales" y difieren mucho de capital??. Bueno, mucha suerte. ¿podré ir yo para allá?.
Por la última sílaba de su nombre pregunto ¿Ud. no será de mi pago, Luj-án??. Bienvenida a la selva!.
:lol:
 #247203  por Moniluj
 
Sé q la cosa cambia en terreno de pcia, tenía compañeros que decían: "ni loco/a litigo en pcia" y demás, pero bueno, mi familia está por la zona y pienso quedarme, me gusta donde vivo y, aunque Mercedes queda un poco lejos, allí hay que ir.
El "luj" no se refiere a Luján ciudad, sino a Luján, segundo nombre. Saludos.
 #247266  por ActiveXPRO
 
Bueno moniluj, le deseo mucha suerte, avíseme cuando empiece a litgar por aquí, tal vez nos podamos conocer. Saludos.
 #247273  por Turquinha
 
yo soy una de las q ni loca litigio en provincia :mrgreen:

suficiente con toda capital como para tambien perder tiempo, matricula, viajes a provincia....

a los q lo hacen... los saludo!
 #247466  por Moniluj
 
Ya ve, empiezan las confirmaciones a lo que dije, tan bravo es? Entonces, Active estimo que lo consultaré con mucha frecuencia. Saludos a todos.
 #248307  por andres_esteban
 
mira, yo trabajo en un Juzgado de Ejecución y generalmente cuando faltan dos o tres semanas para terminar con el plazo de la probation se libra oficio al Patronato para que informe sobre el total cumplimiento de las tareas y las firmas y al imputado para que presente todos los comprobantes de haber cumplido las tareas en la institución acordada. Es raro que en mi Juzgado se pase algún vencimiento porque estan agendados y llevamos un control amplio sobre el tema del pago de la compensación y del vencimiento.

alguno podria pasarme algún fallo donde se haya revocado una probation y hayan ido a la Cámara?? no puedo encontrar nada y necesito ilustrar un trabajo con eso.

gracias.-