Holis carlosdlt, ahora, yo me pregunto: bueno, "esa persona" instigó a "otras personas" para que denuncien a "una amiga" suya, ¿cierto?. Ahora, sea en el ámbito público o en el ámbito privado, ¿de qué trata "esa denuncia", o sea, qué tipo de delito es el que se instiga a denunciar?, lo digo porque si esa denuncia no implica la denuncia de un delito tipificado por el Código Penal, entonces, o bien "no hay tal existencia, en este caso, de delito alguno", o "se trata de un tema relacionado con el Derecho Civil y no relacinado con el Derecho Penal".
Por otro lado, podría tratarse se una "falsa denuncia", acción que está tipificada como delito en el TITULO XI "DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA", Capítulo II, Falsa Denuncia, Artículo 245 del Código Penal De Argentina:
Artículo 245: Se impondrá prisión de dos meses a un año o multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos al que denunciare falsamente un delito ante la autoridad.
Otra cuestión a tener en cuenta es si "ese supuesto delito" esta relacionado con una "Instancia privada", "una acción privada", o "la acción pública de oficio". También, acá habría que encontrar ¿cuál es el delito?, a primera vista, pueden existir dos delitos: uno el que se ejecuta con la acción misma de instigar y el otro la acción misma del delito que se instiga para denunciar.
A su vez, puede tratarse de "una calumnia", o sea atribuirle a otra persona la comisión, ("comisión" tiene que entenderse en términos de "cometer"), de tal o cual delito, (se supone que "ese atribuirle" es un atribuir falso). O puede tratarse de una injuría, que es ejecutar una acción que lastina u ofende la moral de otra persona, su autoestima, o la moral y la estima que unos terceros le profesan a una persona X.
¿Será, o es, así....?
Saludos, El Aprendiz de Boga,
Por otro lado, podría tratarse se una "falsa denuncia", acción que está tipificada como delito en el TITULO XI "DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA", Capítulo II, Falsa Denuncia, Artículo 245 del Código Penal De Argentina:
Artículo 245: Se impondrá prisión de dos meses a un año o multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos al que denunciare falsamente un delito ante la autoridad.
Otra cuestión a tener en cuenta es si "ese supuesto delito" esta relacionado con una "Instancia privada", "una acción privada", o "la acción pública de oficio". También, acá habría que encontrar ¿cuál es el delito?, a primera vista, pueden existir dos delitos: uno el que se ejecuta con la acción misma de instigar y el otro la acción misma del delito que se instiga para denunciar.
A su vez, puede tratarse de "una calumnia", o sea atribuirle a otra persona la comisión, ("comisión" tiene que entenderse en términos de "cometer"), de tal o cual delito, (se supone que "ese atribuirle" es un atribuir falso). O puede tratarse de una injuría, que es ejecutar una acción que lastina u ofende la moral de otra persona, su autoestima, o la moral y la estima que unos terceros le profesan a una persona X.
¿Será, o es, así....?
Saludos, El Aprendiz de Boga,
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