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  • Sucesión automotor... pasos y valuacion??

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 #1061743  por abogado_1987
 
[quote=""doctoraZA""]alguien sabe como proseguir si los herederos son menores de edad es decir me inscriben el automotor mitad a nombre d elos menores mitad a nombre del condomino ( padre) que no estaba legalmente casado con la causante¿?? esta sucesion se realizaria a los efectos de que ante siniestro el seguro pague... la pregunta es le pagaria al condomino el 50% y el resto a los menores? es asi ? gracias[/quote]

declarados sucesores de la causante y en el porcentaje que corresponde, si
 #1092935  por Dani83
 
Consulta...

Abogado1987, a ver si entendi mal, en caso de una sucesion con conyuge superstite y dos menores de edad hijo del matrimonio, inicio la sucesion, salen declarados herederos... ahi pido la inscripción a nombre de los tres y ellos podrian vender, obviamente el padre firma por los hijos. O, el dinero queda si o si depositado en una cuenta judicial hasta la mayoria de edad?

Gracias
 #1093031  por abogado_1987
 
Dani83 escribió:Consulta...

Abogado1987, a ver si entendi mal, en caso de una sucesion con conyuge superstite y dos menores de edad hijo del matrimonio, inicio la sucesion, salen declarados herederos... ahi pido la inscripción a nombre de los tres y ellos podrian vender, obviamente el padre firma por los hijos. O, el dinero queda si o si depositado en una cuenta judicial hasta la mayoria de edad?

Gracias
para poder vender, tené presente que
Art. 59. A más de los representantes necesarios, los incapaces son promiscuamente representados por el Ministerio de Menores, que será parte legítima y esencial en todo asunto judicial o extrajudicial, de jurisdicción voluntaria o contenciosa, en que los incapaces demanden o sean demandados, o en que se trate de las personas o bienes de ellos, so pena de nulidad de todo acto y de todo juicio que hubiere lugar sin su participación.

Art. 494. Son nulos todos los actos y contratos en que se interesen las personas o bienes de los menores e incapaces, si en ellos no hubiese intervenido el ministerio de menores.

de corresponder, el juzgado ordenará > “... Atento lo pedido y dictaminado por el Sr. Asesor de Incapaces, concédese a ....... autorización para vender en nombre y representación de su hija menor ........ como así también para suscribirla pertinente documentación con relación al inmueble inscripto al Nº .....”
 #1155596  por citrus
 
HOLA COLEGAS. ES MI PRIMERA INSCRIPCION DE UNA SUCESION...Y ESTOY MUY PERDIDA....LA CONFUSIÓN SE ME PRESENTO CUANDO DEBO HACER LA DECLARACION JURADA PATRIMONIAL. YA TENGO ESTADO PARCELARIO, INFORMES DE DOMINIO E INHIBICION.
EN EL ACERVO HAY 1 INMUEBLE Y 1 VEHICULO. MAS ADELANTE EL CLIENTE VA A QUERER HACER TRACTO ABREVIADO. PERO POR EL MOMENTO QUIERE INSCRIBIR SOLAMENTE EL INMUEBLE....
DEBO DECLARAR AMBOS BIENES IGUAL?? DE DONDE SE SACA LA VALUACION FISCAL ACTUALIZADA A LOS FINES DEL PAGO DE LA TASA DE JUSTICIA DEL AUTOMOTOR???
GRACIAS