Quiero aclarar una cosa, cuando me referí a pactar la sucesión, cuando existe bien de familia, quiero decir ponerle un monto al trabajo ab initio, e incluso comenzar a cobrar el mismo, pero ojo!!!, no se puede pedir regulación en base a el pacto cuando existe bien de familia (al menos por ese bien), ya que no puede exceder dicha regulación el 3% del valor fiscal.
Lo que se hace en esos caso, es cobrar al inicio una parte importante, para evitar la necesidad de pedir regulación, o tener necesidad de ejecutar.
Lo que se hace en esos caso, es cobrar al inicio una parte importante, para evitar la necesidad de pedir regulación, o tener necesidad de ejecutar.
********Abogado********
Ciudad Autónoma de Bs.As.
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