Estimados. Los gastos periciales son aquellos que deben ser oblados del bolsillo del perito, y comprenden toda la batería de insumos que utilizará en la producción y presentación de su informe. A ello se suman los desplazamientos que deba realizar tanto a los juzgados ( repetidas veces por cierto) como a los Organismos Públicos o Privados en los que haya tramitado Oficios y su posterior diligenciamiento, con más desplazamientos, caso Policía Federal Argentina y Registro Nacional o provincial de las personas para la obtención y registro fotográfico de las escrituras anteriores a la fecha de la litis.
El rubro que más importa es el de insumos para presentación del trabajo, ya que se trata de cartuchos negro y color para la impresora y las láminas en papel fotográfico.
En la preocupante e inmensa mayoría de las veces, EL PERITO TRABAJARÁ GRATIS RESPECTO A LA REALIDAD ILUSORIA DE SUS HONORARIOS POR EL GRADO DE INSOLVENCIA QUE COMETEN LAS VENCIDAS. Es tan complicado cobrar honorarios regulados bajos como altos. En la actualidad, el perito es la persona que menos protección tiene judicialmente hablando para cobrar sus honorarios, ya que debería regularse sus honorarios al término del período de prueba y finalizadas las impugnaciones y sus contestaciones. El perito es un obrero temporal que se contrata para realizar una obra en una casa, y cuando pide cobrar su trabajo, se le dice que hasta que no se venda la propiedad no se le va a pagar, con el agravante de tener que contratar letrado patrocinante para la Ejecución de Sentencia de Honorarios, con lo cual si acaso tuviera suerte y cobrara, debe abonar el 20% de los mismos a su abogado.
Hay suficiente jurisprudencia que justifica y fundamenta el rubro Adelanto para Gastos. Una apreciación personal sobre el motivo del rechazo de no pocos letrados al tema, es que en realidad dicho rubro está mal designado. Cuando se habla de Adelanto, se está implícitamente colocando en la discusión una suma mayor que "viene atrás", la cual no puede ser otra que los Honorarios, y allí radica el error de asimilar el rubro gastos a los Honorarios. Gastos no son Ganancias, y tramitan por cuerda separada. El nombre que yo uso en mis solicitudes, es Gastos Periciales, obviando la palabra Adelanto.
Coincido "in toto" con agresha. Humana y profesionalmente es correcto, y contribuye a evitar largos dispendios sobre las razones y contrarazones del caso. Además, la duración razonable de los juicios es uno de los elementos de la garantía del Debido Proceso, importando el ejercicio de una Tutela Judicial Efectiva. ¿Es racional conspirar contra eso? Además, la negativa a abonar una suma realmente muy baja, es sumamente sospechable del resultado que tendría el cobro de honorarios, si acaso la parte negadora resultara vencida. Francisco Fernández Abella - Calígrafo Público Nacional
El rubro que más importa es el de insumos para presentación del trabajo, ya que se trata de cartuchos negro y color para la impresora y las láminas en papel fotográfico.
En la preocupante e inmensa mayoría de las veces, EL PERITO TRABAJARÁ GRATIS RESPECTO A LA REALIDAD ILUSORIA DE SUS HONORARIOS POR EL GRADO DE INSOLVENCIA QUE COMETEN LAS VENCIDAS. Es tan complicado cobrar honorarios regulados bajos como altos. En la actualidad, el perito es la persona que menos protección tiene judicialmente hablando para cobrar sus honorarios, ya que debería regularse sus honorarios al término del período de prueba y finalizadas las impugnaciones y sus contestaciones. El perito es un obrero temporal que se contrata para realizar una obra en una casa, y cuando pide cobrar su trabajo, se le dice que hasta que no se venda la propiedad no se le va a pagar, con el agravante de tener que contratar letrado patrocinante para la Ejecución de Sentencia de Honorarios, con lo cual si acaso tuviera suerte y cobrara, debe abonar el 20% de los mismos a su abogado.
Hay suficiente jurisprudencia que justifica y fundamenta el rubro Adelanto para Gastos. Una apreciación personal sobre el motivo del rechazo de no pocos letrados al tema, es que en realidad dicho rubro está mal designado. Cuando se habla de Adelanto, se está implícitamente colocando en la discusión una suma mayor que "viene atrás", la cual no puede ser otra que los Honorarios, y allí radica el error de asimilar el rubro gastos a los Honorarios. Gastos no son Ganancias, y tramitan por cuerda separada. El nombre que yo uso en mis solicitudes, es Gastos Periciales, obviando la palabra Adelanto.
Coincido "in toto" con agresha. Humana y profesionalmente es correcto, y contribuye a evitar largos dispendios sobre las razones y contrarazones del caso. Además, la duración razonable de los juicios es uno de los elementos de la garantía del Debido Proceso, importando el ejercicio de una Tutela Judicial Efectiva. ¿Es racional conspirar contra eso? Además, la negativa a abonar una suma realmente muy baja, es sumamente sospechable del resultado que tendría el cobro de honorarios, si acaso la parte negadora resultara vencida. Francisco Fernández Abella - Calígrafo Público Nacional