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  • Despido verbal trabajador en negro

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #309656  por Gasparini
 
Perdonen mi humilde aporte, preguntale bien a tu cliente si es que este se dirijio al Ministerio o bien un inspector del ministerio le realizo un relevamiento o inpeccion mientras estaba trabajando, son dos cosas diferentes, y si bien el inspector le toma una declaracion jurada este da fe de su relacon laboral al momento y las presentacion que posteriormente haga el empleador en sede sí ministerial desvirtuando esta no afecta el derecho del trabajador a reclamar judicialmente.
 #309672  por sergiosky
 
si che, no exageren, que inicie la demanda laboral y pruebe que estuvo bajo relacion de dependencia y listo!!, y que reclame los rubros que tenga que reclamar.
yo soy uno de los que ha invocado despido verbal a pesar de que no sea aconsejable, etc etc etc, y lo voy a seguir haciendo :evil:
en un juicio invoqué despido verbal de mi cliente (sin intimar aclare situacion laboral ni nada) y el demandado desconoció la relacion laboral e inicié la demanda y reclamo la ley 25323 y los demas rubro y estoy a punto de ganar la demanda debido a las pruebas que produje, y no me importa si es menos beneficiosa que la 24013 (oh el malo ese, jaja).
no tiene gracia que le digan a andi "ponete a leer" sino que hay que decirle "bueno... desde donde estas te queda por hacer esto y esto", si le sale bien el juicio o mal es problema de el o de su cliente, y si tiene buenas pruebas lo felicito y si no no!!.
se nota que tuve un mal dia no?
 #309952  por DAL
 
sergiosky escribió: se nota que tuve un mal dia no?
Bueno bueno pero no teeeeeeee enoooooooooojessssssssssss. :lol: :lol: :lol: :lol:
 #310012  por ADVOCATVS
 
ME PARECE Q SE FUERON DEL TEMA CHE... ES MUY COMUN (AL MENOS EN MI PCIA.) Q LOS TRABAJADORES EN NEGRO DESPEDIDOS "RAJEN" AL MINISTERIO DE TRABAJO A "DENUNCIAR" A SUS PATRONES. ES LO QUE LE PASO A ESTE HOMBRE DEL POST. HAY Q PARTIR DE Q LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR SON IRRENUNCIABLES, SI TENES TESTIGOS DE LA RELACION LABORAL PODES ACCIONAR, LA INJURIA YA LA TENES EN EL ESCRITO Q PRESENTÓ EL ABOGADO DE LA OTR PARTE NEGANDO EL VINCULO. PUNTO.