bueno, no se como encaraste el intercambio, pero primero vendria la intimación por ley 24.013 y la notificacion a la AFIP, (ahi detallar bien todo ingreso, categoria, dias y horas de trabajo, salario mensula, antigüedad, datos personales (no son exigible por ley, pero son aconsejables).
Despues bueno depende como contestaron estara en como seguir, despedido o no, (quizas omitieron de contestar algo que te permite agarrarte de ahí para algo)
De todas maneras no es lo que hay que aconsejar, pero es verdad quizas indagando a tu cliente hay algun remisero que la llevo a trabajar, o el del almacen al que le compraba el fiambre para el sawichito del mediodia, o un amigo que trabajaba cerca y lo acompañaba hasta la puerta del trabajo, (no son testigo "de ley" como se dice, pero su testimonio apoyara y apuntalara un poquito al unico testigo)
suerte